Nueve respuestas sobre la ley para las jubilaciones

Nueve respuestas sobre la ley para las jubilaciones

El Gobierno enviará el proyecto al Congreso esta semana . ¿A quién beneficia la medida? ¿Conviene ingresar al plan de pagos?

TRATAMIENTO. El proyecto del Gobierno nacional debe contar con el aval del Congreso para ser ley. ARCHIVO DYN TRATAMIENTO. El proyecto del Gobierno nacional debe contar con el aval del Congreso para ser ley. ARCHIVO DYN
30 Mayo 2016
El Gobierno nacional enviará esta semana el proyecto de ley para pagar deudas a jubilados por demandas previsionales con sentencia firme y en trámite. En la Casa Rosada manifestaron que esperan que el Congreso apruebe la iniciativa “lo antes posible”; mientras que en la oposición avalaron la medida, aunque plantearon que hay que analizar la “letra chica” sobre el financiamiento del plan. La iniciativa, que ingresaría mañana, contempla también un blanqueo de capitales para obtener los fondos para financiar el pago a los jubilados.

A continuación, los nueve puntos del proyecto:

1- ¿En qué consiste el programa de pagos? Es un plan del Gobierno para recomponer los haberes de los jubilados y de los pensionados.

2- ¿A quién beneficia la medida? Alcanza a todos los jubilados, a los que hicieron juicio al Estado por haberes mal pagados y a los que no.

3- ¿Es obligatorio o voluntario? El plan de pagos es voluntario, para los pasivos que iniciaron juicio al Estado y para los que no.

4- ¿Conviene ingresar al plan de pagos? Según los especialistas previsionales, es la mejor opción para actualizar los ingresos.

5- ¿Qué pasa si el jubilado no acepta? No cambia nada, porque seguirá cobrando el mismo monto en su remuneración.

6- Y si el pasivo acepta, ¿qué pasa? Debe informar a la Anses que está de acuerdo con el plan para recomponer los haberes.

7- ¿Qué hay hacer para inscribirse? El trámite de registro hay que hacerlo en la página de internet de la Anses (www.anses.gob.ar).

8- ¿En qué momento hay que anotarse? El proyecto de ley no fue aprobado en el Senado. Pero se puede iniciar la gestión en internet.

9- ¿Cuáles son los pasos del registro? Hay que ingresar en www.anses.gob.ar y seleccionar la opción “Mi Anses trámites”.

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