Jueces insisten ante Juri por el 82% móvil

Jueces insisten ante Juri por el 82% móvil

Solicitan a la Legislatura que ratifique un acta que equipara a los magistrados provinciales con los federales.

ESTANCADO. El instrumento rubricado entre Alperovich y Kirchner no puede ejecutarse desde hace tres meses.  PRESIDENCIA DE LA NACION ESTANCADO. El instrumento rubricado entre Alperovich y Kirchner no puede ejecutarse desde hace tres meses. PRESIDENCIA DE LA NACION
17 Septiembre 2006
Unos 70 jueces provinciales, por medio de la abogada Adriana Ortiz, instaron a la Legislatura a que ratifique el acta complementaria firmada por el presidente Néstor Kirchner y el gobernador José Alperovich el 1 de junio. Esto es clave para que los magistrados puedan gozar del régimen de la Ley 24.018 (rige para los jueces federales y nacionales), que establece para quienes se jubilan el beneficio previsional del 82% del haber que perciben quienes todavía están en actividad (hoy oscila entre los $ 6.000 y los $ 8.000 por mes).
En la nota dirigida al vicegobernador Fernando Juri, la letrada recordó “las presentaciones efectuadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para que la Cámara convierta en ley la mencionada acta”. “La Anses no se opone, pero necesita esta ratificación, que exige la cláusula sexta del acta. Sin esa norma, el convenio entre la Provincia y la Nación seguirá petrificado”, dijo a LA GACETA.
En 1995, como consecuencia del traspaso del sistema previsional de la provincia a la Nación, los jueces quedaron sujetos al tope previsional de $ 3.100, que se aplicaba a quienes se retiraban. Ahora, el acta suscripta permite que los magistrados sean equiparados a los federales y, por ende, comprendidos por el régimen de la Ley 24.018, que establece el beneficio del 82% móvil.
El pedido de Ortiz es por los magistrados tucumanos que, antes de la suscripción del acta, habían recurrido a la Justicia Federal de la Seguridad Social para que fueran incorporados -por medio de una sentencia- al régimen de la Ley 24.018.
Algunos jueces, luego de haber obtenido un fallo favorable, se dirigieron a la Anses para que efectivizara la inclusión. Pero la repartición, por medio de su abogada, Graciela Buzaglo, contestó: “en atención al acta complementaria (...), mi parte nada tiene que objetar. No obstante, hasta que no sea promulgada la ley provincial que disponga su vigencia resulta inaplicable en el caso”.
En la nota, Ortiz citó la jurisprudencia sentada por la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, que en julio incorporó al titular del juzgado correccional de la I Nominación de Tucumán, Marcelo Mendilaharzu, al régimen de la Ley 24.018.

Otro antecedente
La abogada recordó el efectivo traspaso del camarista laboral Osvaldo Pedernera del sistema de capitalización (es el que manejan las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones) al de reparto (estatal) basándose en el régimen de la Ley 24.018.
La ratificación y la reglamentación del acta, según Ortiz, debería sentar una especial distinción entre los magistrados cuyo aportes previsionales son manejados por alguna AFJP (capitalización) y aquellos que continúan en el sistema de reparto. En efecto, el propio documento firmado entre Kirchner y Alperovich establece que los saldos de las cuentas de capitalización individual de jueces y funcionarios (en las AFJP) serán transferidos al régimen de reparto mediante el procedimiento de traspasos especiales (cláusula tercera). “Esto debe hacerse por medio de una acción judicial”, concluyó la abogada.

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