Los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andres Basso usaron la mítica figura del “caballo de Troya” para referirse a lo que la vicepresidenta Cristina Kirchner hizo durante sus dos mandatos presidenciales con la obra pública en Santa Cruz.

En los fundamentos de la condena por la causa llamada Vialidad, la Justicia argumentó que la ex presidenta dictó una serie de resoluciones para beneficiar a las empresas de Lázaro Báez que escondían como finalidad que parte de esos fondos sean destinados a negocios de la familia en las compañías “Los Sauces” y “Hotesur”.

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“Tras haber examinado los hechos en toda su extensión -´la película completa´, apelando a la metáfora-, la política pública que su gobierno pregonaba presagiando un beneficio sin precedentes para la extensa provincia patagónica, en verdad escondía, cual caballo de Troya, al presupuesto indispensable para el desarrollo exitoso de la empresa criminal y sus múltiples aristas”, dijeron los magistrados en los fundamentos de la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicas para la vicepresidenta.

“La comprobación de un interés personal sobre el plan criminal de parte de Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado materialmente en la participación de la nombrada en el producto del delito a través de múltiples operaciones comerciales con el empresario detrás de las sociedades ilegalmente beneficiadas fue dirimente”, agregaron.

El tribunal explicó en sus fundamentos que el punto de partida de la maniobra ilegal que realizó Cristina Kirchner comenzó con el dictado del decreto 54/2009 que fue firmado a instancia del entonces secretario de Obras Públicas, José López, también condenado en el caso.

Se trató de una medida para que los fondos del fideicomiso de la obra pública queden a disposición de la Dirección Nacional de Vialidad, a cargo de Nelson Periotti -también condenado- para el pago de los certificados de obra. Los jueces hablaron de “licitaciones fraudulentas, justo a favor de las empresas pertenecientes a Lázaro Báez”. Para el tribunal además el decreto “brindaría una opacidad ciertamente necesaria al accionar de Nelson Periotti en relación al pago de las obras, y habilitaría posteriormente la instauración de un nuevo beneficio en favor de las firmas controladas por Lázaro Antonio Báez”.

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“Así las cosas, nos encontramos en condiciones de afirmar que, a resultas de este juicio oral, ha quedado al descubierto que la oportunidad cuya conveniencia se estimó precisamente para justificar, convalidar y suscribir el proyecto, no estuvo referida a la ventaja técnica o económica de la medida, ni al interés público o el bien común, sino en función del mayor provecho para el insospechado propósito que encubría”, explicaron los magistrados.