Diputados debate sobre el Fondo de Garantías de Sustentabilidad (FGS) de la Anses y encienden la polémica sobre la utilización del dinero recaudado. Uno de los que cuestionaron la modificación del destino de los fondos es el representante de Juntos por el Cambio, José Cano, quien afirmó que el Gobierno toma a los jubilados como una variable de ajuste.  

"Basta de engaños a la clase pasiva argentina. El Presidente debe dejar de engañar a los argentinos y cuidar a los jubilados en particular. No puede admitirse que utilice el fondo para financiar los desequilibrios económicos", expresó el diputado tucumano.

Según Cano, lejos de cumplir con las promesas anunciadas el Gobierno toma a los jubilados como una variable de ajuste de la economía nacional y utiliza los recursos del Fondo para "atender los desajustes económicos de la coyuntura pandémica". 

"Las modificaciones legislativas propuestas desnaturalizan al propio FGS, y esto se erige como un desafortunado antecedente que puede significar el punto de partida de un desfinanciamiento del fondo creado justamente para garantizar el pago de haberes y sustentar el sistema previsional argentino", opina.

El 20 de agosto el Gobierno nacional envió a la Cámara de Diputados un proyecto de ley de Defensa de los Activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional (FGS), que contempla un plan de refinanciación de deudas de las provincias con la Anses y establece un nuevo sistema de financiamiento para el pago a jubilados adheridos a la ley de Reparación Histórica.

La iniciativa, firmada por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Economía, Martín Guzmán; y de Trabajo, Claudio Moroni, ingresó ese mediodía en la Cámara baja y fue girada a las comisiones de Presupuesto y Previsión Social.

El 19, el Gobierno nacional acordó con los gobernadores de 21 provincias y con la Ciudad de Buenos Aires la suspensión por 45 días del cobro de las deudas de los préstamos de la Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) correspondientes a 2016 y cuyos intereses operan desde este mes.

El proyecto establece un plazo de 90 días para negociar los prestamos entre las provincias y la Anses, donde se tendrá en cuenta la suma del capital adeudado e intereses devengados y exigibles a la fecha de suscribirse el acuerdo de refinanciación, y que el plazo será de ocho meses.

"El proyecto girado, a más de la involución previsional representa una afectación a la seguridad seguridad jurídica, alterando garantías y desbaratando el derecho acordado en miles de reajustes y procesos homologados judicialmente, considerada por los beneficiarios acreedores de la reparación históricas que suscribieron acuerdos con la garantía del FGS", expresó Cano. 

La iniciativa determina que no se podrán vender activos del FGS para financiar el pago de los retroactivos de jubilaciones prevista en la ley de Reparación Histórica aprobada en el Gobierno de Mauricio Macri, que ahora deberán ser abonados con fondos propios de Anses.

El gobierno explicó, en los fundamentos del proyecto, que "la modificación de la fuente de financiamiento obedece a que, a partir de agosto de 2020, el pago de la Reparación Histórica implica erogaciones superiores a los $10.000.000.000 mensuales".

"Por tal motivo, la magnitud de las ventas que debería realizar el FGS de los activos de su cartera para financiar el programa implicarían un deterioro sustancial de los precios de dichos activos financieros generando una pérdida significativa en el valor del FGS, con potenciales derivaciones sobre la estabilidad financiera, lo que sería muy conveniente evitar", dijeron.

También fijó que el Fondo "se invertirá de acuerdo a criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, contribuyendo al desarrollo sustentable de la economía real a efectos de garantizar el círculo virtuoso entre crecimiento económico y el incremento de los recursos de la seguridad social".

"Debe recordarse, que los Jubilados y Pensionados argentinos lograron con la ley 27260 de Reparación Histórica, un reconocimiento administrativo inédito del derecho al reajuste de haberes señalados en sendos fallos de la CSJN (in re: Badaro, Sanchez, Bordon y Ellyf); para ello se afectó el producido del FGS, para atender el pago de las obligaciones previsionales que pusieron fin a reclamos de beneficiarios que demandaban largos años de juicios y eternas apelaciones de Anses", cerró Cano.