A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial se determinó que se fijó "hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho de exportación del 12% a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).

 El Gobierno oficializó esta mañana el restablecimiento de las retenciones a las actividades agrícolas e industriales anunciadas para reducir el déficit fiscal. El decreto, publicado en el Boletín Oficial, establece que se fijó "hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho de exportación del 12% a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).

En el campo, el Gobierno sólo cosecha críticas

El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, había resaltado ayer que por retenciones el Estado Nacional tendrá una recaudación adicional de $ 68.000 millones en lo que resta de 2018 y de $ 280.000 millones en 2019.

Esos derechos de ventas al exterior son de $ 4 por dólar para las exportaciones primarias y de $ 3 por dólar para el resto de las exportaciones, según se detalló en el Boletín Oficial.

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"El derecho de exportación establecido en el artículo 1º no podrá exceder de $ 4 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda".

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"Para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) detalladas en el Anexo I que forma parte de este decreto, ese límite será de $ 3 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda", se informó.