Desde hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no recibe efectivo para cancelar obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social. A partir de ahora, todos estos pagos deben ser realizados mediante medios electrónicos.

1- Ganancias de personas físicas y los anticipos de Bienes Personales; Autónomos categoría II y II se pagará mediante volante electrónico de pago (VEP, sólo para internet), débito automático con tarjeta de crédito, débito en cuenta en cajero automático, débito directo en cuenta bancario, pago telefónico con tarjeta de crédito y por último, pago con tarjeta de débito en entidades habilitadas.

2- para las obligaciones de pagos de hasta $10 por cualquier concepto, para el pago de IVA, seguridad social de los empleadores -excepto en el ámbito de las casas particulares- y las declaraciones juradas de Ganancias de Personas Físicas y Bienes Personales, se deberá emitir el VEP en la página de la AFIP. Por este motivo, estos pagos sólo se pueden hacer por internet.

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3- También será posible realizar pagos por depósito bancario mediante débito en cuenta, cheque común, cheque de pago financiero y cheque cancelatorio.

Una de las premisas que se planteó Alberto Abad al llegar al organismo fue implementar el sistema “efectivo cero”. De hecho, implementó en mayo un régimen similar para los monotributistas en las categorías D y E, que también alcanzará a las categorías A, B y C a partir de noviembre.