Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 3990, la AFIP, encabezada por Alberto Abad, simplificó los trámites que deben realizar los ciudadanos cuando lleva a cabo actividades que no justifican su inscripción como responsables de IVA y Ganancias.

A partir de ahora, la institución aplicará una serie de medidas que avanzan en el uso de la vía electrónica para cumplir obligaciones y que implican, también, un mayor poder de control estatal.

Acá van algunas de ellas:

1- Recategorización

Si la AFIP detecta inconsistencias, desde ahora podrá colocar a un contribuyente en una categoría diferente a la que fue declarada, detalló el diario La Nacion. 

2- Factura electrónica

La facturación online hoy es obligatoria a partir de la categoría H. A partir de  mayo lo será también para las F y G (ingresos anuales de hasta $ 504.000)

3- Domicilio electrónico

Hay tiempo hasta el 30 de septiembre para informar el domicilio fiscal electrónico, que reemplaza a un domicilio físico para las notificaciones de la AFIP

4- Pago por vía bancaria

Hasta noviembre, todos los monotributistas quedarán obligados a pagar por alguna modalidad que implique contar con una cuenta bancaria. 

5- Categorización anual

Cafda septiembre será obligatorio ingresar al trámite de recategorización, aunque sólo sea para confirmar la posición en la tabla. 

6- Nueva aplicación

Desde hoy funcionará una app para monotributistas, desde la cual se podrán hacer varios trámites y recibir notificaciones electrónicas

7- Incumplimiento

La omisión de la nueva reglamentación impedirá al contribuyente y a sus clientes obtener la constancia de opción de Monotributo, aunque deberá seguir pagando el cargo mensual, informó Infobae.