BUENOS AIRES.- En el marco de los cambios para el impuesto a las Ganancias aprobados por el Congreso a fines de 2016, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se dispone a reglamentar la deducción del alquiler del impuesto a las Ganancias. En caso de que el propietario del inmueble no quiera entregarle la factura al inquilino, el titular de la AFIP, Alberto Abad, pidió que se denuncie la situación. Incluso, hizo público su e-mail para recibir reclamos (aabad@afip.gob.ar).

Según se estableció, el límite de la deducción del alquiler para el pago de impuesto a las Ganancias será del 40%. Es decir, para el caso de un alquiler de $ 15.000, el tope será de $ 4.330. Anualmente, la deducción no podrá superar los $ 51.967.

“Tenemos que hacer todos una apuesta de pagar los impuestos, porque si no, no vamos a poder pagar la estructura de gastos”, declaró Abad.

El recaudador reconoció que son pocos los locadores que hoy entregan factura. No obstante, dijo que confía en que irá regularizando paulatinamente.

Por su parte, Gervasio Muñoz, presidente de Inquilinos Agrupados, explicó: “esta medida es retroactiva al primero de enero de este año a pesar que el formulario va a estar disponible en la web de la AFIP a partir del primero de marzo”.

El funcionario aclaró, también, que los contratos que están en curso no pueden sufrir algún tipo de modificación en el valor, por lo tanto el inquilino puede exigir la factura de enero y no se puede modificar el valor del alquiler. “Si el propietario modifica el valor del alquiler y lo sube debe pagar más impuestos”, reflexionó.

Muñoz opinó que la disputa entre propietario e inquilino surgirá sólo si la AFIP no tiene un rol activo en el control y la fiscalización del mercado. “Si la AFIP no controla, dejaremos al inquilino en una situación bastante incómoda que es la de hacer la denuncia y quizá tener algún tipo de represalia del propietario que es al fin y al cabo la no renovación del contrato, que implica mudarse”, reflexionó Muñoz.

“La disputa creo que es entre el propietario y el Estado y no entre el propietario y el inquilino”, finalizó.

Para hacer la deducción del impuesto a las ganancias, el inquilino deberá ingresar al Siradig, el sistema de la AFIP en el que carga su declaración jurada de Ganancias. La primera vez que informe la deducción deberá adjuntar el contrato de alquiler en un archivo PDF.

Luego, cada mes, deberá cargar en el fisco los datos de la factura que sirva de comprobante de pago del alquiler: número de CUIT, fecha y monto.

Repercusiones

“Desde Inquilinos Agrupados saludamos la reglamentación de esta ley, que contribuirá al blanqueo del mercado de alquileres en todo el país, y convocamos a los inquilinos que pagan Ganancias a que realicen la denuncia si el propietario les niega la factura, tanto en el mail de Alberto Abad como en la AFIP”, indicó la entidad.

Por su parte, el titular del colegio profesional inmobiliario (Cucicba), Héctor D’Odorico, sostuvo que probablemente no todos los los propietarios de los inmuebles tengan denunciado ante la AFIP su contrato de locación. Por ende, esta norma blanqueará la situación.

“No es un enfrentamiento entre propietarios y el Estado sino que es una cuestión impositiva”, reflexionó D’Odorico en diálogo con la agencia Télam.

Además, dijo que el deber de denunciar ingresos por renta locativa abarca a todo tipo de alquileres ya que -según aclaró-cualquier persona que tenga ingresos extras a su salario los debe denunciar.

El funcionario admitió que como no todos los inquilinos están en condiciones de deducir alquileres por Ganancias, la medida beneficiará a los sueldos altos entre $ 30.000 y $ 40.000 y también permitirá blanquear a los propietarios que sinceran su renta.

Al respecto, uno de los miembros del consejo directivo de la Cucicba, Mario Gómez consideró que los propietarios de inmuebles importantes están todos registrados y opinó que no va a haber problemas por ese lado.

Gómez también aclaró que la Cucicba asesorará y emitirá instructivos a las inmobiliarias que administran alquileres para que emitan un recibo por cuenta y orden de terceros para que los inquilinos puedan demostrar que el contrato sigue vigente y poder deducir ganancias.

Por último, el presidente del Centro de Corredores Inmobiliarios, Armando Pepe, opinó que la medida hará que muchos propietarios se pongan en regla y blanqueen sus ingresos y no usen más recibos de librería.

El especialista también comparó al tema con lo que actualmente se hace en los alquileres comerciales: “el propietario efectúa una factura electrónica a través de la AFIP, se la da a la inmobiliaria que administra el alquiler, la que finalmente se la deriva al inquilino”. (Télam)


condiciones 
alquileres para vivienda única
Según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la nueva deducción de Ganancias se efectuará hasta el 40% del alquiler de la casa habitación. El límite anual de la deducción  será de $ 51.967. A su vez, el locatario no debe ser titular de inmuebles. Además, tendrá la obligación de informar a través del Siradig el inició del contrato de alquiler de la propiedad y, mensualmente, informar la factura emitida por el locador.
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algunos ejemplos 
impacto de la disposición
El organismo recaudador informó, por caso, que si se trata de un alquiler mensual de $ 6.000, podrá deducirse hasta $ 2.400 por mes (debajo del tope). En este caso, el ahorro anual del impuesto puede llegar a ser de hasta $ 10.080. Ahora, si se trata de un alquiler mensual que llegue a los $ 15.000, la deducción podrá efectuarse hasta $ 4.330 mensuales. En esta situación, el ahorro anual proyectado puede llegar hasta los $ 18.186.


Condiciones 
Alquileres para vivienda única

Según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la nueva deducción de Ganancias se efectuará hasta el 40% del alquiler de la casa habitación. El límite anual de la deducción  será de $ 51.967. A su vez, el locatario no debe ser titular de inmuebles. Además, tendrá la obligación de informar a través del Siradig el inició del contrato de alquiler de la propiedad y, mensualmente, informar la factura emitida por el locador.

Algunos ejemplos 
Impacto de la disposición

El organismo recaudador informó, por caso, que si se trata de un alquiler mensual de $ 6.000, podrá deducirse hasta $ 2.400 por mes (debajo del tope). En este caso, el ahorro anual del impuesto puede llegar a ser de hasta $ 10.080. Ahora, si se trata de un alquiler mensual que llegue a los $ 15.000, la deducción podrá efectuarse hasta $ 4.330 mensuales. En esta situación, el ahorro anual proyectado puede llegar hasta los $ 18.186.