BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia anuló la lista de “conjueces” designados por el Poder Ejecutivo para eventuales reemplazos o para completar mayoría en el máximo tribunal. La decisión fue adoptada en forma unánime por el máximo tribunal, en medio de versiones sobre la eventual ampliación de la Corte, a instancias del Gobierno nacional.
El kirchnerismo está enfrentado con la Corte y, de hecho, congeló hace una semana la postulación de Roberto Carlés para ocupar la vacante que dejó Eugenio Raúl Zaffaroni. Pero el pliego de Carlés quedó sin fecha prevista para tratarse en el recinto de la Cámara Alta.
Apenas un día antes, el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, había cuestionado la presunta intención del Gobierno de ampliar el número de integrantes del alto tribunal: había dicho que es una idea muy seria como para tomarla según las “conveniencias” políticas del momento.
En fallo unánime, la Corte anuló la lista integrada por abogados cercanos al Gobierno, “por no contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes en el Senado de la Nación”.
La lista de conjueces, ahora anulada, estaba integrada por los abogados León Arlasnian, Tomás Hutchtinson, Ernesto Marcer, Héctor García Cuerva, Arístides Corti, Carlos Cárcova, Walter Huggias, Gustavo Ferreira, Ricardo Nissen y José Chirico, la mayoría de ellos vinculados directa o indirectamente con las posturas del Gobierno nacional. El fallo obtura la posibilidad de que, ante una eventual ampliación del número de jueces de la Corte, los cargos vacantes pudieran ser ocupados por los conjueces designados por el Ejecutivo.
División de poderes
Recordó el tribunal que “el nombramiento de los jueces de la Nación, de acuerdo con el procedimiento constitucionalmente establecido, es uno de los pilares esenciales del sistema de división de poderes sobre el que se asienta la República” Y afirma: “el acuerdo del Senado es un excelente límite sobre el posible favoritismo presidencial e impide el predominio de intereses subalternos sobre el interés supremo de la Justicia y de la ley”.
Manifestó la Corte que toda persona que interviene en una acción judicial, tiene derecho a que los jueces que resuelvan el asunto hayan sido designados de acuerdo a los mecanismos que el constituyente consideró que garantizan la independencia e imparcialidad del órgano judicial que integran.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, explica que “el Poder Ejecutivo no pudo aprobar una lista de conjueces para reemplazar en situaciones excepcionales a los ministros de la Corte que no hubiera contado con el voto de la mayoría de dos tercios, exigida en el texto constitucional”.
Y subraya que para aprobar la designación de un juez de tribunales inferiores a la Corte, “es necesaria la mayoría simple de los integrantes del Senado, pero para magistrado de la máxima instancia judicial es requerida una mayoría calificada”.
El fallo aclara que la invalidación de la lista “no implica en forma alguna emitir juicio respecto de las condiciones profesionales o personales de los abogados designados en la lista cuya nulidad se declaró”. (DyN-lanación.com.ar-CIJ)