La aplicación de la Ley N° 27.801, que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil en la Argentina, quedó temporalmente suspendida en la provincia de Buenos Aires. La medida fue dispuesta por la Justicia bonaerense apenas dos días después de la entrada en vigencia de la normativa nacional y tendrá una duración preventiva de 60 días.

Nuevo Régimen Penal Juvenil: el objetivo es la educación

La decisión fue adoptada por Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, quien hizo lugar a un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en beneficio “de los adolescentes que se encuentran privados de su libertad”.

El principal argumento de la resolución está relacionado con la capacidad del Estado provincial para absorber el eventual incremento de jóvenes que ingresen al sistema penal. La nueva legislación reduce de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y permite procesar judicialmente a adolescentes de esa franja etaria por los delitos establecidos en el Código Penal.

Para la jueza, ese cambio puede generar un aumento considerable de la cantidad de menores detenidos, tanto por el ingreso de nuevos jóvenes como por una mayor permanencia dentro del sistema de encierro.

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En ese contexto, Pascual puso bajo análisis si la provincia cuenta actualmente con las condiciones edilicias, institucionales y profesionales necesarias para alojar a esa población de acuerdo con los estándares establecidos por los derechos humanos de la niñez.

La magistrada sostuvo además que el Poder Judicial debe intervenir de manera anticipada cuando existen elementos que permitan presumir una posible vulneración de derechos fundamentales. Para fundamentar esa intervención recurrió al principio precautorio.

Las condiciones de los centros de detención

Para sustentar la suspensión temporal, la jueza examinó la situación de los dispositivos de alojamiento de adolescentes en la provincia de Buenos Aires.

En particular, recordó que su propio juzgado había establecido anteriormente un límite máximo de 60 adolescentes para el Centro Socioeducativo de Lomas de Zamora, debido a que el establecimiento no reunía los requisitos mínimos de habitabilidad.

La resolución reconoció que recientemente se produjeron mejoras en cuestiones como la provisión de agua potable, la alimentación y las estructuras edilicias. Sin embargo, consideró que el sistema todavía no alcanza el piso mínimo necesario para garantizar que las detenciones no comprometan la responsabilidad internacional del país.

Entre las deficiencias señaladas aparecen las dificultades para garantizar el acceso a la educación, la capacitación laboral y la reinserción en el empleo. También se planteó la necesidad de reducir los períodos de aislamiento de los internos.

La jueza advirtió, además, que el hacinamiento de los jóvenes tiene consecuencias negativas sobre la seguridad pública. Según explicó, las condiciones en las que los adolescentes permanecen detenidos tienen una incidencia directa sobre los niveles de violencia con los que podrían recuperar la libertad una vez cumplidas sus penas.

Qué ordenó la Justicia

A partir de estos argumentos, la resolución ordenó al Ministerio de Seguridad, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia de la provincia de Buenos Aires que adopten de inmediato las medidas necesarias para hacer efectiva la suspensión de la Ley N° 27.801.

La jueza también convocó a una audiencia en la sede del tribunal para el próximo 16 de septiembre. En ese encuentro deberán presentarse las autoridades de las áreas del Poder Ejecutivo provincial vinculadas con la temática.

El objetivo será que detallen qué medidas ya implementaron, cuáles proyectan llevar adelante y en qué plazos prevén ejecutarlas para adecuar el sistema a las exigencias de la nueva normativa.

Cómo es el nuevo Régimen Penal Juvenil

A nivel federal, el Gobierno nacional reglamentó la Ley N° 27.801 mediante el Decreto 875/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques y el jefe de Gabinete Diego Santilli.

La reglamentación estableció al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación, con la responsabilidad de coordinar el sistema.

El nuevo régimen prohíbe las condenas a prisión perpetua para los adolescentes y fija un máximo de 15 años de privación de la libertad. Las penas deberán cumplirse exclusivamente en centros especializados y sin contacto con adultos.

La normativa también incorpora alternativas a la prisión, entre ellas la reparación del daño, las tareas comunitarias, las restricciones de acercamiento y el uso de tobilleras electrónicas para monitorear a los jóvenes.

Para realizar el seguimiento de los adolescentes, el decreto creó la figura del “supervisor especializado” y un registro provisorio de profesionales de áreas como psicología, trabajo social y pedagogía.

Además, estableció la creación de un Comité Interministerial y una Mesa Federal destinados a coordinar las políticas públicas entre la Nación y las provincias.

Para financiar la implementación del nuevo sistema, el Congreso de la Nación asignó una partida presupuestaria de $23.739.155.303,08.