La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó el recurso extraordinario por salto de instancia presentado por el gobierno de Javier Milei para que interviniera de manera directa en la causa que analiza la constitucionalidad de la reforma laboral. Con esta decisión, el máximo tribunal desestimó la estrategia judicial de la administración libertaria y dejó que el expediente continúe su curso ordinario en instancias inferiores.
En una resolución breve, la Corte, integrado por Horacio Rosatti (presidente), Carlos Rosenkrantz, y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que no estaban dadas las condiciones previstas en el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial para habilitar el denominado per saltum.
“Que a juicio de esta Corte no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia”, señaló el fallo firmado este 7 de mayo de 2026, consignó el diario "Ámbito".
En consecuencia, el tribunal declaró inadmisible el recurso impulsado por el Estado nacional y ordenó archivar las actuaciones.
El gobierno de Milei había acudido directamente a la Corte Suprema luego de que el Juzgado Nacional del Trabajo N°63 suspendiera la aplicación de 83 artículos de la reforma laboral. La presentación fue realizada por la Procuración del Tesoro en representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano.
La Casa Rosada pretendía que la Corte suspendiera de inmediato la cautelar y restituyera la plena vigencia de la ley 27.802 de Modernización Laboral mientras continuaba el trámite judicial. También argumentó que el juez laboral que dictó la medida carecía de competencia y cuestionó la legitimación de la Confederación General del Trabajo (CGT) para representar a todos los trabajadores del país.
Además, la Procuración calificó el caso como de “gravedad institucional”, al considerar que la suspensión de una ley nacional por parte de un tribunal inferior afectaba la división de poderes y generaba incertidumbre jurídica.
El conflicto judicial comenzó tras una presentación de la Confederación General del Trabajo, que solicitó la inconstitucionalidad y la suspensión cautelar de varios artículos de la reforma laboral al considerar que vulneraban derechos laborales, afectaban la protección del trabajo, limitaban derechos sindicales y restringían el acceso a la Justicia.
El juez laboral Raúl Horacio Ojeda hizo lugar parcialmente al planteo y suspendió la aplicación de los artículos cuestionados con efectos generales.
Pese a la disputa judicial, la reforma laboral permanece vigente y la causa seguirá su curso en el fuero contencioso administrativo, luego de que la Cámara Nacional del Trabajo resolviera remitir el expediente a esa órbita. Con el rechazo del per saltum, la Corte evitó intervenir en esta etapa y dejó abierta la continuidad del proceso en las instancias ordinarias.