En medio de las especulaciones políticas de que el ex diputado Agustín Fernández correría con ventajas para ser elegido Defensor del Pueblo, el legislador Claudio Viña (Compromiso Tucumán) presentó un proyecto que propone modificar el artículo 8 de la Ley N° 6.644, con el objetivo de reforzar las incompatibilidades e inhabilidades para acceder al cargo.
La iniciativa busca asegurar que quien ocupe ese rol no tenga vínculos partidarios ni haya ejercido funciones en espacios políticos ligados al gobierno provincial en los dos años previos a su designación.
El texto establece que el Defensor del Pueblo “tendrá las mismas incompatibilidades e inhabilidades que las previstas para el ejercicio de la magistratura judicial”, y le prohíbe estar afiliado a partidos políticos o participar en actividades partidarias. Además, no podrá haber ocupado cargos electivos o de designación que respondan al mismo espacio político que conduzca el Poder Ejecutivo provincial durante los dos años anteriores a su asunción.
Independencia
En los fundamentos, Viña plasmó que esta modificación es indispensable para “dar mayor credibilidad a la tan noble función de ser el ómbudsman de la provincia de Tucumán”. El líder de Nueva Fuerza subrayó que la independencia respecto del poder político es una condición innegociable para el funcionamiento real de la institución, creada para proteger los derechos ciudadanos frente a actos u omisiones del Estado.
Defensor del Pueblo: opositores piden un ombudsman independiente“Los últimos Defensores del Pueblo fueron legisladores, concejales o funcionarios afiliados al espacio político gobernante. No cuestiono su capacidad ni honorabilidad, pero está claro que no se respetó la independencia que exige la ley”, desarrolló el legislador. Agregó que la simple desafiliación partidaria antes de asumir el cargo no garantiza imparcialidad. “No pueden de la noche a la mañana ponerse la camiseta de Defensor del Pueblo, para jugar para el equipo del ciudadano y marcar de cerca al gobernador, a quien, hasta hace horas, e históricamente, respondían ciegamente”, fustigó en los fundamentos de la iniciativa.
Elección del Defensor del Pueblo: avanza el cronograma en la LegislaturaEl proyecto también remarcó el carácter no jurisdiccional e independiente del Defensor del Pueblo, quien debe actuar con autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad, y con la facultad de supervisar la administración pública, investigar quejas y emitir recomendaciones.
Finalmente, Viña insistió en que es necesario llevar a cabo ahora la modificación dado que la Legislatura debe designar a un nuevo Defensor del Pueblo para el período de cinco años.