A partir de una nueva medida impulsada por el Ministerio de Economía de la Nación, Argentina da un paso significativo en la flexibilización del transporte de pasajeros. A través de la Resolución 2076/2025, firmada por el ministro Luis Caputo, el Gobierno Nacional autorizó esta semana el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de larga distancia de jurisdicción nacional. Esta decisión se enmarca en las políticas de desregulación económica y busca adaptar la normativa vigente a las necesidades actuales de los usuarios, quienes cada vez con más frecuencia consideran a sus mascotas como parte integral de su núcleo familiar.
Vacaciones con mascotas: el Gobierno habilitó el viaje de animales domésticos en micros y trenes de larga distanciaLa normativa reconoce los derechos de los animales a recibir protección y cuidado, citando principios de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales de la ONU y la UNESCO. Hasta este momento, las restricciones en micros y trenes de larga distancia dificultaban el traslado de animales, salvo excepciones muy puntuales. Con este nuevo marco regulatorio, se establecen pautas claras para que las empresas y los pasajeros puedan convivir en un entorno seguro y ordenado.
A continuación, detallamos los puntos fundamentales para comprender cómo funcionará este sistema.
A tener en cuenta: tips de un veterinario tucumano para cuidar a las mascotas durante las fiestas1. ¿Qué se considera "animal doméstico"?
De acuerdo con la nueva reglamentación, se define como animal doméstico a todo animal de compañía que, por sus características evolutivas y de comportamiento, pueda convivir con seres humanos en un ambiente doméstico. Esto implica que el animal debe recibir de su cuidador atención, protección, vivienda, alimento y cuidados sanitarios. Sin embargo, la norma es clara al excluir a aquellos animales cuya tenencia tenga fines comerciales, lucrativos, de consumo o aprovechamiento de sus producciones. Es decir, la medida está diseñada específicamente para mascotas familiares y no para el traslado de ganado o animales de cría.
2. Responsabilidad absoluta del pasajero
El traslado de una mascota no solo es un derecho, sino también una responsabilidad civil importante. Los pasajeros que decidan viajar con sus animales domésticos serán responsables en todo momento de su custodia, bienestar, salud y seguridad. Esto incluye la obligación de procurar que el animal no cause riesgos ni molestias al resto de los pasajeros que comparten el servicio. Asimismo, el dueño deberá obedecer todas las instrucciones emitidas por el personal de la empresa de transporte con el fin de mantener el orden y la armonía durante todo el trayecto.
3. El uso obligatorio del contenedor o "transportín"
Para garantizar la salubridad y la protección tanto del animal como del entorno, el traslado debe efectuarse obligatoriamente dentro de un contenedor o transportín. Este elemento debe estar debidamente cerrado y haber sido diseñado exclusivamente para el traslado de animales. No se permitirá el viaje de animales sueltos o con correas que no garanticen su confinamiento seguro dentro del receptáculo. Esta medida busca prevenir fugas o incidentes dentro de las unidades de transporte o vagones de tren.
4. Ubicación estratégica dentro del vehículo
La normativa específica lugares precisos donde puede ubicarse el contenedor para no obstruir el paso ni comprometer la seguridad. El transportín deberá situarse sobre la falda del pasajero responsable, debajo del asiento delantero, o sobre el cojín del asiento adyacente a la ventana, siempre que este sea contiguo al asiento del usuario. En el caso de que el contenedor ocupe un asiento, deberá encontrarse debidamente sujetado con el respectivo cinturón de seguridad para evitar desplazamientos bruscos durante el viaje.
5. Documentación sanitaria requerida
Al igual que los pasajeros humanos deben portar su DNI, las mascotas deben contar con su documentación al día. Es obligatorio que el pasajero porte durante todo el viaje la constancia de vacunación antirrábica y cualquier otra certificación exigida por la normativa vigente. Estos documentos deben ser exhibidos al momento de abordar o en cualquier instancia del viaje en que el personal de la empresa de transporte lo requiera para verificar el cumplimiento de las condiciones sanitarias.
6. Limitaciones por pasajero y por contenedor
Para evitar el hacinamiento y garantizar un control adecuado, la resolución establece que sólo se admitirá un (1) animal doméstico por cada pasajero mayor de edad. Además, se prohíbe el traslado de más de un animal por cada transportín contenedor, independientemente del tamaño de los mismos. Esta regla asegura que cada animal tenga el espacio suficiente para su bienestar y que el pasajero responsable pueda atender las necesidades de su mascota de manera individualizada.
7. Tarifas y retribución económica
Dentro del marco de desregulación que promueve el Estado Nacional, las empresas de transporte tienen la facultad de fijar una tarifa específica o retribución económica por el servicio de traslado de animales domésticos. Este costo será determinado por las condiciones del mercado y la oferta del servicio, siempre dando cumplimiento a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. De este modo, el traslado de mascotas podría representar un costo adicional al valor del pasaje estándar, dependiendo de la política comercial de cada empresa.
8. Excepción para perros guía o de asistencia
Es fundamental destacar que esta nueva resolución no modifica los derechos ya adquiridos por las personas con discapacidad. Los perros guía o de asistencia quedan excluidos de estas pautas generales y se rigen por su régimen específico bajo la Ley 26.858. Esto significa que su traslado debe ser totalmente gratuito y no se les pueden aplicar las restricciones de contenedores o tarifas que afectan a los animales domésticos comunes. El derecho de acceso y permanencia de estos animales está plenamente garantizado por la ley nacional vigente.
9. Facultades de las empresas de transporte
Aunque el traslado está autorizado, las empresas conservan el derecho de establecer ciertas limitaciones. Los transportistas podrán definir qué especies, subespecies, razas, pesos y dimensiones son aceptables para viajar en sus unidades. También tienen la potestad de establecer procedimientos específicos de limpieza y desinfección posteriores al viaje, así como organizar sus recorridos y frecuencias para identificar cuáles servicios cuentan con esta autorización de traslado de animales.
10. Espacios exclusivos en terminales y estaciones
La regulación no solo abarca el tiempo dentro del vehículo, sino también la estancia en las terminales. Las empresas deben disponer de espacios específicos, debidamente señalizados y acondicionados, para la espera y el abordaje de pasajeros que viajan con sus mascotas. Estos sectores deberán cumplir con todas las normas de seguridad e higiene aplicables para asegurar que la experiencia sea cómoda tanto para los dueños de los animales como para el resto de los viajeros que transitan por las estaciones y paradas habilitadas.