El aguinaldo o sueldo anual complementario es un pago del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que terminan en junio y en diciembre. Es decir que se paga en dos partes al año. Pero ambos semestres tienen fechas límite para el pago y los empleadores deben cumplir con ellas.
Se adelantó el pago del aguinaldo de diciembre 2025 para jubilados y pensionadosEl pago se efectúa en dos cuotas, como se indicó. La primera tiene fecha límite el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre. Aunque puede haber una demora en el desembolso, este no debe superar los cuatro días hábiles que, este año, es el 24 de diciembre. El objetivo del pago anticipado de diciembre es que los trabajadores cuenten con ese monto extra para las fiestas.
El 18 de diciembre es una fecha que los empleadores deben tener en cuenta, ya que se trata de un límite fijado por la ley de contratos de trabajo, N° 27.073. “El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”, versa su artículo 122.
Qué hacer si no te pagan el aguinaldo hasta el 18 de diciembre
En caso de no percibir el sueldo anual complementario hasta el 18, lo conveniente es esperar los siguientes cuatro días hábiles que la ley pauta como prórroga para los empleadores. Si luego de esos días el empleador no deposita la segunda parte del aguinaldo, los trabajadores pueden tomar una serie de decisiones.
La primera de ella y la que suele estar al alcance de los empleados con mayor facilidad es intimar a l empleador a que pague el aguinaldo a la mayor brevedad posible. Si aún así no se recibiera respuesta, se podría radicar una denuncia en la Secretaría de Trabajo de forma individual –en caso de ser un único trabajador el afectado– o colectiva –en caso de ser varios a quienes se adeuda el aguinaldo–.
Una tercera opción es la que establece el artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 242, que es considerarse despedidos, con el derecho a reclamar una indemnización por despido sin Justa Causa. La Justicia interpretará si la demora en el pago del aguinaldo es considerada injuria grave. Y en caso de que así lo considere, la sanción puede ser cuantiosa.