Luego de la intensa sesión en el Senado y el anuncio del presidente Javier Milei de que vetará las leyes impulsadas por la oposición -entre ellas, el rechazo al DNU 70/2023-, se abrió una nueva etapa de conflicto entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo. El mandatario incluso anticipó que recurrirá a la Justicia si el Congreso insiste con las leyes. Pero, ¿hasta dónde puede llegar esa confrontación institucional? ¿Tiene sustento legal?
Para analizar el escenario, Dante Mirra, abogado constitucionalista, aportó a LA GACETA claves sobre los límites constitucionales y las facultades de cada poder. “La Constitución permite al Presidente vetar una ley -total o parcialmente-, pero si ambas cámaras insisten con dos tercios de los votos, la ley queda firme y el Ejecutivo ya no puede volver a vetarla”, explicó en LG Play.
Este es un punto central: el veto presidencial no es definitivo si el Congreso logra reunir las mayorías necesarias para insistir. Sin embargo, Milei deslizó que podría “judicializar” leyes con las que no esté de acuerdo, lo que abre un nuevo interrogante: ¿puede la Justicia intervenir en decisiones del Congreso?
Mirra recordó que existen temas que la Corte Suprema considera “cuestiones políticas no justiciables”, es decir, asuntos que quedan fuera del alcance judicial por ser competencia exclusiva de otro poder del Estado. “La Corte ha dicho en reiteradas oportunidades que no puede intervenir en decisiones vinculadas con la oportunidad, mérito o conveniencia de actos legislativos o ejecutivos. Eso forma parte del principio de división de poderes”, sostuvo.
Aun así, Mirra aclaró que hay excepciones: si se viola el procedimiento legislativo o el reglamento interno, la Corte podría intervenir. “Podemos citar el antecedente más reciente de Cristina Fernández de Kirchner en pandemia, cuando la Corte le dijo que la interpretación del reglamento del Senado era una facultad propia del cuerpo legislativo”.
¿Puede el Presidente demandar al Congreso?
El constitucionalista también se refirió a otro aspecto debatido en las últimas horas: ¿puede el Poder Ejecutivo demandar al Legislativo? Según Mirra, sí.
“En Tucumán ya hubo antecedentes en los 90, donde el Ejecutivo cuestionó judicialmente una ley aprobada por insistencia. En ese caso, el Tribunal Constitucional actuó como árbitro del conflicto. No hay impedimento para que un poder del Estado demande a otro, especialmente cuando se ha ampliado la legitimación activa en los últimos años”.
El rol de la Justicia y las medidas cautelares
Si bien judicializar una ley implica un proceso largo, las medidas cautelares podrían tener efectos inmediatos. “Una cautelar podría suspender provisoriamente la aplicación de una ley mientras se tramita el juicio. Ya hemos visto fallos veloces en este sentido, como el reciente caso sobre el feriado del trabajador estatal”.
Con todo esto, Mirra dejó en claro que "el Congreso puede insistir con dos tercios y convertir en ley lo que Milei intente vetar. El Ejecutivo, a su vez, podría intentar frenar esas normas en la Justicia, pero sólo tendría margen si logra demostrar que se violó el procedimiento legislativo o el reglamento. De lo contrario, se trataría de una “cuestión política no judiciable”, donde el Poder Judicial se abstiene de intervenir".
“No se puede judicializar una ley simplemente porque no se está de acuerdo con su contenido”, concluyó Mirra.