Los alquileres siguen atravesando una problemática sin respuesta ante el avance del proceso inflacionario y las idas y vueltas de la política. En este contexto, los contratos que tienen que actualizarse este nuevo mes sufrirán una actualización del 115,05% por el Índice de Contratos de Locación (ICL), respecto del año anterior.
Teniendo en cuenta lo establecido en la ley vigente, los contratos tienen una duración de tres años y se actualizan por el ICL. De esta manera, si actualmente un inquilino estaba pagando $100.000 pasará a pagar $215.057. Y en caso de finalización del contrato, el propietario puede solicitar un monto diferente para la renovación.
La nueva actualización de octubre marcó un nuevo récord, ya que superará el 112,9% aplicado en las actualizaciones de septiembre, el 109,3% de agosto, el 104% de julio, el 100% de junio, el 95,9% de mayo, el 92,6% de abril, el 89,5% de marzo, el 85,8% de febrero y el 81,4% de enero. Sin embargo, esta actualización anual quedó por debajo de la inflación interanual que en agosto marcó 124,4%.
¿Llega la solución?
El Senado sentó posición sobre el tema y decidió aprobar con modificaciones el proyecto que había sido sancionado, con apoyo de Juntos por el Cambio, en la Cámara de Diputados. A raíz de esta situación, la Cámara Baja deberá volver a discutir el tema y la puja entre la oposición y el kirchnerismo resultará clave.
La bancada oficialista del Senado logró avanzar con sus reformas luego de una serie de audiencias públicas donde se escuchó a los distintos actores involucrados en el tema. La nueva iniciativa prevé que los contratos de alquileres continúen siendo por tres años y no dos como planteaba la primera modificación.
Además, la actualización de los montos se impone por un período de seis meses y no cada cuatro como establecía el proyecto con media sanción de la Cámara baja. Finalmente, propone que la actualización sea en base al Índice Coeficiente Casa Propia que realiza el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
Dificultades
Ante las dilaciones de la política, el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Tucumán (CCIT) sostiene que este escenario genera “confusión” en el mercado porque hay personas que piensan que la ley ya está modificada y rige un nuevo marco normativo. En la entidad además reconocieron que a pesar de alentar y recomendar la realización de contratos dentro de lo que establece la ley actual, cada vez se observan más contratos al margen de la ley, sobre todo en lo que respecta a algunos aspectos claves como los años de vigencia y los plazos de actualización.
Vigencia
La controvertida ley 27.551 establece que los contratos deben durar al menos tres años. Y que, durante ese período, sobre el precio mensual “sólo pueden realizarse ajustes anuales” con una fórmula determinada.
La norma ordena hacer esos ajustes “utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)”.
Es decir, que los aumentos quedan en un punto medio entre lo que hayan avanzado en los últimos 12 meses la inflación general y los salarios de los trabajadores registrados en relación de dependencia, siempre según los datos oficiales.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es la entidad que elabora y publica ese índice, llamado Índice para Contratos de Locación (ICL). El valor actual del ICL y todos los anteriores, día por día, se pueden consultar en la web del BCRA (www.bcra.gob.ar).
De allí surge, por ejemplo, que en julio de 2020 el ICL había arrancado en 1,0; que en octubre de 2022 (hace casi un año) ya era de 2,61; y que octubre de 2023 lo iniciará en 5,62. Es decir, que en tres años y un mes acumuló un avance del 462%.