La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) desestimó este martes un recurso que cuestionaba la constitucionalidad de la ley del arrepentido en la causa denominada “Cuadernos de las coimas”.

La ley  27.304 consagró la figura del “delator premiado” o” imputado colaborador” (“arrepentido”) con un alcance más amplio del que tenía hasta entonces en otras disposiciones.

En la práctica, la medida implica que si un partícipe de un hecho ilícito declara en calidad de arrepentido, obtendría una disminución de la pena privativa de la libertad a cambio de informaciones relevantes para el esclarecimiento o avance de la investigación.

Cuadernos de las coimas: rechazan un pedido para anular la causa

El planteo fue presentado por el ex ministro kirchnerista Julio De Vido que es investigado por su presunta participación en una organización criminal integrada por funcionarios públicos y contratistas de obra pública.

La organización estaría dedicada a percibir los fondos de origen supuestamente ilícito que provenía, entre otros, de los sobreprecios de las obras públicas.

El ex funcionario el año pasado fue condenado a cuatro años de cárcel por el delito de defraudación contra la administración por una compra de trenes iniciada en 2005 a España y Portugal. Bajo la misma investigación, el exsecretario de Transporte Ricardo Jaime recibió una pena de ocho años.

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En torno al planteo de inconstitucionalidad de la figura del arrepentido, De Vido invocó la afectación de los principios de igualdad ante la ley, prohibición de autoincriminación forzada, irretroactividad de la ley penal, derecho de defensa en juicio, debido proceso penal, doble instancia y derecho al recurso, arbitrariedad y gravedad institucional.