Pende de un hilo la ley de Acoso Callejero

Pende de un hilo la ley de Acoso Callejero

El Ministerio de Seguridad dice que es impracticable, ya que se basa sobre todo en la polémica Ley de Contravenciones.

SITUACIÓN COMPLICADA. Cientos de tucumanas son acosadas en la vía pública y no tienen a quién recurrir. SITUACIÓN COMPLICADA. Cientos de tucumanas son acosadas en la vía pública y no tienen a quién recurrir.

Tal como está, la ley del Acoso Callejero sancionada por la Legislatura pende de un hilo. Es que el Ministerio de Seguridad Ciudadana elevó un informe que advierte que, en los términos en los que se la sancionó, es impracticable. Ahora, el fiscal de Estado Federico Nazur deberá realizar un dictamen y será finalmente el vicegobernador a cargo del Ejecutivo, Osvaldo Jaldo, quien decidirá si la promulga como está o si pide cambios en la Legislatura.

La Ley fue sancionada el 7 de febrero luego de una discusión que unificó respaldos dentro de diferentes bloques parlamentarios. Se trató de una modificación al régimen contravencional que prevé hasta 90 días de arresto o 90 días de multa para las personas que acosen sexualmente en espacios públicos o con acceso público. La nueva norma entiende por acoso sexual a todo acto de naturaleza o connotación sexual ejercido por una o más personas en contra de otra u otras sin su consentimiento, acciones que afecten la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física y moral de las personas, sin distinción de sexo, identidad u orientación sexual.

Fundamentos

Sin embargo, y a pesar de que las agrupaciones feministas se mostraron complacidas con la norma y pidieron que se ponga en práctica lo antes posible, el Ministerio de Seguridad aseguró que lo votado en la Legislatura es “impracticable”. Para llegar a esta conclusión se basaron en cuatro fundamentos:

- Se legisló utilizando una norma (La controvertida Ley de Contravenciones) que fue declarada inconstitucional hace 12 años, por lo que sería impracticable.

- Rechazaron de plano el incremento de 60 a 90 días la sanción máxima de cualquier contravención.

- La norma no es clara a la hora de definir cuándo se deberá considerar que se produce el acoso callejero.

- Podrían incrementarse los problemas de la crisis carcelaria si se aplica esta ley. Sugieren buscar salidas alternativas para no incrementar la cantidad de detenidos en las dependencias policiales.

Así, y tras el dictamen del Fiscal de Estado, es muy probable que Jaldo pida que se la revise, y que no la promulgue hasta que los cambios sugeridos por Seguridad se concreten.

Las denuncias

Hace unos días, el jefe de Policía, Manuel Bernachi, había afirmado que en la actualidad, cualquier mujer que sea víctima de acoso puede dirigirse a la comisaría para radicar la denuncia. “Toda persona puede realizar una denuncia e inmediatamente ponemos en conocimiento a la Justicia, que será, en definitiva, quien verá si estamos en presencia de un delito o se toma alguna medida en contra de la persona acusada y nos dará las instrucciones al respecto”, explicó. Al mismo tiempo, destacó la iniciativa que vienen teniendo en cuanto a la capacitación del cuerpo policial en materia de género.

Necesidad de sanción

En tanto, la legisladora Sara Alperovich, una de las impulsoras de la norma, afirmó ayer que “La parlamentaria aseguró que la “Ley de Acoso Callejero” puso sobre la mesa, el debate sobre la necesidad de sancionar este tipo de conductas. “Y pese a que la Ley de Contravenciones fue declarada inconstitucional por no cumplir ciertos estándares mínimos de control de legalidad sobre el accionar de la policía, tenemos que diferenciar la discusión en este caso”, reclamó. Y agregó: “una cosa es el procedimiento reglado por la ley de contravenciones (declarado inconstitucional) y otra cosa es la incorporación del acoso callejero como una conducta ilegal de carácter contravencional”.

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