Contravenciones y leyes para la foto

Contravenciones y leyes para la foto

Contravenciones y leyes para la foto

“Ya hay que dejar de trabajar para la foto, sino que se debe hacer una buena película que se transforme en un clásico”. Esa era una de las frases que utilizaba la ex fiscala Adriana Giannoni cuando algún periodista le preguntaba sobre las limitaciones que tenía un fiscal o un juez cuando una ley no se ajustaba a la realidad. Y ese problema lleva años sin resolverse porque no hay una discusión sincera de lo que se hizo y se hace mal para encarar numerosos problemas, entre ellos, la inexistencia de un código de convivencia moderno que se ajuste a la realidad y, primordialmente, respete los derechos y garantías de los ciudadanos.

El joven Abel Rodríguez fue víctima de un abuso policial en el parque Avellaneda. Un efectivo que tenía puesto el chip de la vetusta ley de Contravenciones Policiales lo obligó a ponerse la remera, ya que estaba haciendo gimnasia con el torso desnudo. Esa norma, cuya última reforma data de 1982, en años de dictadura, prohíbe que las personas atenten contra las buenas costumbres y el pudor en los paseos públicos. Es tan obsoleta esa norma que castiga a los que juegan al carnaval o los que realizan o organizan reuniones tumultuosas en la vía pública o los que se disfrazan de mujeres o sacerdotes, por sólo citar algunos ejemplos.

En 2010 la Corte Suprema de Justicia de la Nación la declaró inconstitucional, pero no por las cuestiones que persigue, sino por cómo es su procedimiento. Un contraventor es detenido por la Policía y, sin tener ningún tipo de defensa, es el jefe de la fuerza quien define sus días de arresto o el monto de la multa que actualmente es de $150 por cada jornada de encierro. En 2015, la Corte de la provincia fue más allá: exhortó a los azules a que el sumario contravencional en contra de un infractor se realice en un plazo de 24 horas con la presencia de abogado. Pero se sabe que este último no se cumple.

Esta complicación tiene una sola razón: la provincia sigue sin contar con un Código de Convivencia. Se trata de un compendio de normas que contempla todas las cuestiones que no llegan a configurar un delito, pero alteran la paz social. Esta especie de manual del “buen comportamiento” existe en todo el mundo y varias provincias del país cuentan con uno. Pero Tucumán, donde se hace culto a las infracciones, no lo tiene. En la Legislatura hay numerosos proyectos que nunca llegaron a tratarse. El último fue presentado en 2019 por el Ministerio de Seguridad y ni siquiera se lo analizó. No es una cuestión menor. Se trata de una herramienta que necesita la Policía para resolver cuestiones menores que muchas veces terminan en grandes conflictos (vale la pena recordar que históricamente que entre el 25% y el 30% de los homicidios que se cometen en la provincia son por conflictos vecinales). El principal avance que tenía esta iniciativa es que contemplaba la creación de jueces contravencionales que emitirían los fallos y los contraventores contarían con un defensor, asegurando así los derechos de los ciudadanos.

Acoso callejero

La falta de un Código de Convivencia llevó a nuestros legisladores a cometer un error insospechado. Aprobaron la reclamada ley de Acoso Callejero utilizando una norma que fue declarada inconstitucional hace 12 años. Y hay más: extendieron de 60 a 90 días el plazo máximo de tiempo de detención dejando abierta la puerta a nuevos posibles abusos policiales. Dispusieron que la autoridad sea el Ministerio de Seguridad, sin dar mayores precisiones, por lo que hay grandes posibilidades de que siga siendo el que actualmente se encarga del tema: el jefe de la fuerza. Y justamente fue eso lo que cuestionó el máximo tribunal del país. Y también será muy poco probable que se cumpla la orden de la Corte provincial de que los acusados sean asistidos por un defensor. No se lo hizo antes... ¿por qué se lo hará ahora?

Se trata de una norma necesaria en los tiempos que vivimos. El Código Penal no contempla como delito decirle improperios o frases ofensivas a una mujer u hostigarla a través de diferentes medios sin que constituya una amenaza. Era una ley reclamada por los sectores más progresistas de la sociedad. Pero qué dirán ahora si la pena que se contempla es hasta tres veces mayor a la condena mínima de un robo simple. Y también hay que tener en cuenta que ese es el plazo promedio de las prisiones preventivas por delitos graves como asaltos con armas de fuego, lesiones y hasta homicidios; o que es un procedimiento que no respeta los derechos y garantías de las personas. Y lo que es peor aún: los operadores judiciales encontraron una alternativa legal para combatirlo: recurren a la figura legal “lesiones a la salud mental” con la que puede recibir una condena más severa y, además, no quedará libre con el simple pago de una multa. ¿Cómo? La ley de Contravenciones Policiales establece que un contraventor, pagando $150 por día de detención, puede recuperar la libertad. Ejemplo: un acosador recibe una sanción de 30 días y abonando $4.500 podrá volver a su casa sin ningún tipo de problema. Posiblemente esta situación genere dos situaciones: seguirán tras las rejas aquellos que no tengan dinero para pagar y el acosador que pueda hacerlo no sentirá el peso de un castigo.

Tucumán está cargada de leyes que terminaron siendo un fracaso. La ley de Motochorros, la de Emergencia por la crisis carcelaria y la de Narcomenudeo (se aprobaron dos) por mencionar tres casos nomás.

La realidad indica que se debe dejar de trabajar únicamente para la foto.

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