El juicio en contra de un miembro del Clan Ale quedó cubierto de dudas

El juicio en contra de un miembro del Clan Ale quedó cubierto de dudas

Separaron al abogado querellante y pedirán nulidades. No pueden encontrar al testigo que incriminó al principal acusado.

EL HECHO. Los agresores atacaron a Cabrera en la esquina de Italia y Líbano y luego huyeron en una Hilux.  EL HECHO. Los agresores atacaron a Cabrera en la esquina de Italia y Líbano y luego huyeron en una Hilux.

El crimen por el que está acusado un integrante del clan Ale, ocurrido hace más de 13 años podría quedar impune si prosperan los planteos realizados por el defensor de uno de los acusados. El profesional logró dar un paso al separar del caso al abogado de la querella y anunció que pedirá que se declaren nulos todos los pasos procesales que se realizaron en el expediente desde que asumiera en ese rol. Además, el testigo clave en la causa no se presentó y nadie sabe cuál es su paradero.

El homicidio se registró el 8 de febrero de 2008 en la esquina de Italia y avenida República del Líbano, donde se encontraba Roberto Cabrera (24 años) conversando junto a unos amigos. De pronto, se presentó una camioneta Toyota Hilux en la que se desplazaban cuatro jóvenes. Se produjo una pelea que terminó cuando dos de los ocupantes del vehículo comenzaron a realizar disparos. La víctima recibió un balazo en el estómago y agonizó hasta que falleció 16 días después. Por el hecho fueron acusados Fabián “Spiri” Díaz y los menores E.S.A y F.R.A. Sus nombres se mantienen en reserva porque eran menores cuando ocurrió el hecho.

El caso de Cabrera volvió a dejar al descubierto el poder que tenía el clan Ale en la Justicia ordinaria. Un poder que fue denunciado en la Justicia Federal cuando se acusó a Ángel “El Mono” Ale y a Rubén “La Chancha” Ale de integrar una asociación ilícita que se dedicaba al lavado de activos provenientes de actividades ilegales, por las que fueron condenados a 10 años de prisión en diciembre de 2017.

El caso Cabrera era investigado por el fiscal Arnoldo Suasnábar, pero decidió apartarse del expediente al ser criticado por su inacción. La Corte Suprema de Justicia ordenó que se hiciera una auditoría para evaluar su desempeño al frente del expediente. “Sin que pueda avizorarse algún motivo legal o racional que así lo justificase, la fiscalía rechazó expresamente las sugerencias policiales, ordenando la reiteración de actuaciones que a todas luces resultaban contraproducentes frente a la urgencia que imponían las circunstancias del caso”, indica en uno de sus párrafos la auditoría, elevada por el ya jubilado camarista Pedro Roldán Vázquez.

“Aunque se contaba con testigos que percibieron directamente en el lugar del hecho las características fisonómicas del imputado, se decidió paralizar las actuaciones orientadas a su aprehensión hasta tanto se confeccionase un retrato hablado”, agregó. “No se advierte motivo alguno para esta medida -prosigue el informe en alusión al pedido de identikit-, cuya disposición importó en los hechos una demora en la consecución de otros elementos de juicio que en ese momento eran accesibles para la Fiscalía (dermotest, secuestros e inspecciones)”, describió el magistrado.

Un cambio

El expediente cayó en manos de la fiscala Adriana Giannoni, que debió rearmar el rompecabezas con varias semanas de demora. Su antecesor había ordenado la detención de “Spiri” Díaz (el testigo desaparecido) que se había presentado en Tribunales para hacerse cargo del hecho. Pero la investigadora ordenó que quedara en libertad porque los amigos de la víctima negaron que él haya sido el autor del disparo en una rueda de reconocimiento y apuntaron como responsable al integrante del clan Ale y al otro adolescente. La ex jueza de Menores Nora Wexler ordenó la internación de ambos en el Instituto Roca, pero al mes fueron entregados a sus padres para que cumplieran con medidas cautelares.

Pero la investigación tuvo un rotundo giro en plena investigación. Díaz se presentó ante Giannoni y cambió rotundamente su declaración. En septiembre de 2010, Díaz y su madre denunciaron que los familiares del principal sospechoso entraron a su casa y les dieron una golpiza. Un año después, en julio de 2011, Díaz dijo que todo lo que había dicho en su primera declaración había sido mentira y que estaba amenazado por miembros del clan Ale.

El joven explicó que ese día, E.S.A había llegado a la fiesta y había gritado “yo soy … y me tienen que respetar”. Luego habría disparado, junto con el otro acusado. Díaz dijo que esa noche el principal imputado le pidió que se inculpara. “Me pidieron que me hiciera cargo de todo y que me iban a poner un abogado. Me llevaron a un local de la avenida Roca. Ahí el padre y el tío se abrazaron y se dijeron que todo estaba arreglado”, declaró ante Giannoni.

Más demoras

La fiscala Giannoni solicitó que E.S.A y F.R.A fuesen enjuiciados por homicidio agravado y el sobreseimiento de Díaz y del cuarto ocupante de la audiencia. Un juez aceptó parcialmente el pedido. Entendió que la imputación contra los acusados estaba bien hecha, pero rechazó el planteo que favorecía a “Spiri”. La discrepancia se resolvió un año después cuando se le dio la razón al magistrado.

En 2015 se debería haber iniciado el debate, pero al no estar conformada la Sala I, se postergaron todos los plazos procesales. En 2018 se formó el tribunal, pero por el problema de agenda, la audiencia no se realizó. El caso pasó al régimen conclusional, pero, como una acordada de la Corte dicta, los casos en los que estén imputados menores deben adecuarse al nuevo código procesal penal y así se hizo.

Ayer, a 13 años del crimen, se dio el primer paso del proceso. Pero en la primera audiencia surgieron dudas de que ello pudiera ocurrir. Ricardo Fanlo, el defensor de E.S.A., le advirtió al juez Federico Moeykens que el representante de la querella Jorge Lobo Aragón, había defendido a Díaz cuando estaba imputado y, por lo tanto, no podría ocupar ese rol. El magistrado le dio la razón y el profesional fue apartado del debate. Esa resolución no impidió que la causa quedara finalmente adecuada.

“Es un problema menor que se soluciona poniendo a otro abogado en la causa. No hay de qué preocuparse. Es tan solo una maniobra defensiva para evitar que se llegue a la verdad”, indicó Lobo Aragón.

Fanlo, en cambio, se mostró mucho más confiado. “En la próxima etapa del proceso plantearemos que todos los actos que se hayan realizado con Lobo Aragón en la querella sean declarados nulos. No puedo anticipar cuáles, pero son varios”, explicó el profesional, cubriendo con un manto de dudas el caso.

Pedido: un problema que se repite cada vez más

El juez Federico Moeykens le solicitó al auxiliar fiscal Luis Germain que para la próxima audiencia presente la carpeta con las medidas tutelares que cumplió uno de los acusados después de haber sido internado en el Instituto Roca. En esos documentos figuran todas las medidas que supuestamente deberían haber cumplido los imputados como reglas de conducta que le impusieron. Se trata de una prueba fundamental que se tiene en cuenta a la hora de emitir un fallo. Al parecer, esos papeles, en los que constan informes de conductas, tratamientos y certificados de estudios, no fueron digitalizados. “No podemos realizar nuestro trabajo sin esos informes, que son fundamentales”, dijo el juez en la audiencia.

Las idas y vueltas de la causa

La fiscala Adriana Giannoni pidió la causa a juicio en 2012. Desde 2015 se tendrían que haber iniciado las audiencias.

Roberto Cabrera fue asesinado mientras conversaba con sus amigos en la esquina de Italia y República del Líbano.

Una auditoría cuestionó la tarea realizada por el fiscal Arnoldo Suasnábar en los primeros días de la investigación. Se excusó de la causa.

Fabían Dïaz se hizo cargo del hecho, pero tres años después dijo que lo habían presionado para autoinvolucrarse.

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