Imponen una batería de siete medidas a un violento reincidente

Imponen una batería de siete medidas a un violento reincidente

El fallo de la jueza Rey Galindo incluye desde el pago de una sanción de $ 25.000 a la víctima hasta la obligación de realizar trabajo comunitario.

La transgresión reiterada a las restricciones de acercamiento impuestas por la Justicia para proteger a una víctima de violencia familiar desembocó en una ampliación y acumulación singular de medidas tendientes a vencer la resistencia del demandado. Mariana Josefina Rey Galindo, jueza de Familia de Monteros, impuso siete cargas y advertencias en una sola decisión emitida el 23 de marzo pasado. Esta batería de acciones pretende disuadir al violento y compelerlo a reflexionar sobre su conducta a partir de la combinación de casi todos los recursos institucionales disponibles. Se trata de una creatividad que ya había quedado en evidencia en un pronunciamiento de 2018, cuando la misma magistrada acudió a la solución -entonces sin precedentes- de echar a otro agresor de la provincia.

El fallo “MAS” (iniciales de la demandante) corrobora que AFE deberá mantenerse a un kilómetro de distancia de la víctima por 120 días contados desde el 2 de marzo. Además, obliga al demandado a abonar a MAS la suma de $ 25.000 en concepto de sanción conminatoria como consecuencia del incumplimiento de cuatro resoluciones judiciales previas. Rey Galindo precisó que el dinero deberá ser depositado en un banco en un lapso de 10 días a partir de la notificación del fallo y que devengará intereses legales en el supuesto de mora.

Además de cancelar la conminación de carácter pecuniario equivalente a una consulta escrita fijada por el Colegio de Abogados, AFE tendrá que asistir a programas para el tratamiento de personas violentas y maltratadoras en la Municipalidad de Monteros y en el Poder Judicial. “Individual o coordinadamente, estos organismos deberán acreditar la inclusión del demandado en un taller y exigirle la producción de un trabajo final, que me exhibirán”, ordenó Rey Galindo. La jueza incluso dispuso que la producción aborde la violencia de género y las perspectivas de análisis de esa realidad; las herramientas que contribuyen a mejorar la convivencia social y la seguridad ciudadana, y un estudio de los perfiles de los varones violentos con propuestas de cambio de tales comportamientos. Si AFE incumple esta orden, afrontará otra sanción económica.

El demandado hará trabajos comunitarios en el Municipio monterizo con la frecuencia que aquel establezca. “Desarrollará actividades tales como cuidar un parque o una plaza; limpiar o mantener sitios abandonados; acondicionar dependencias de la Intendencia, y recopilar ropa o juguetes para donaciones”, enumeró la jueza. Esas labores libres de contraprestación tendrán lugar durante 90 días.

Más allá de pagar la sanción; capacitarse y producir un trabajo final, y de prestar servicios comunitarios, AFE será vigilado donde quiera que vaya por policías de la Comisaría de Monteros durante las 24 horas de los próximos 90 días. “El jefe a cargo de dicha unidad deberá reportarme cada 48 horas cualquier conducta del denunciado contraria a las medidas de protección favorables a MAS”, dijo la magistrada. Rey Galindo añadió que la Policía le enviará una lista con el personal que practicará esta vigilancia y advirtió que su omisión también derivará en conminaciones.

A los fines de reforzar el control de los movimientos, la sentencia incorpora al demandado a la nómina de candidatos para el uso urgente de tobilleras electrónicas que permitan su geolocalización, y faculta a la Policía a aprehenderlo si aquel es sorprendido agrediendo a MAS y a ponerlo a disposición de la Justicia penal.

Antes de adoptar esta serie de disposiciones, la jueza relató que la víctima había iniciado el proceso el 1 de diciembre de 2020 por padecer violencia verbal, psicológica, económica y ambiental. Al día siguiente, AFE fue notificado de que debía abstenerse de acercarse a la demandante a una distancia menor de 300 metros por 120 días. Pero el 10 de diciembre, el demandado ingresó al domicilio de la víctima. En una audiencia del 8 de febrero, MAS relató que seguía siendo hostigada; que AFE le comunicó sus intenciones de quemarle la vivienda y que hasta había recibido un aviso de muerte mediante interpósitas personas. Rey Galindo recordó que había informado la situación al Ministerio Público Fiscal para que investigara la posible comisión del delito de amenazas.

El 24 de febrero, MAS dio cuenta al Juzgado de Familia acerca de nuevos sucesos de violencia, que dieron pie a la decisión de extender a un kilómetro la prohibición de acercamiento. El 8 de marzo, la víctima narró otros hechos acaecidos cinco días antes. Ello llevó a la jueza a intimar a cumplir la orden de alejamiento con el apercibimiento de iniciar otra causa penal por desobediencia judicial. Al día siguiente, MAS volvió a exponer situaciones de maltrato y de hostigamiento. El 15 de marzo, por fin, la víctima solicitó medidas adicionales contra su agresor.

“Este comportamiento reiteradamente hostil y esta escalada de violencia obligan al Estado a proteger de manera integral a MAS”, evaluó Rey Galindo. La jueza consideró que los abusos comprendían la infracción a las órdenes judiciales, y que aquellos ponían en riesgo los derechos a la vida, a la libertad y a la seguridad personal. “No puedo soslayar que los nuevos hechos constituyen un claro desprecio a la autoridad”, dijo. Ante este panorama de peligro, Rey Galindo manifestó que resultaba decisivo detener el maltrato; favorecer la construcción de “otras masculinidades” y, por último, pero no menos importante, recordar al demandado que la falta de respeto a la Justicia acarreaba consecuencias.

Las cargas y restricciones

- Prohibición de acercamiento a la víctima a menos de 1 kilómetro por 120 días.

- Sanción conminatoria de  $ 25.000.

- Asistencia a un taller para maltratadores y producción de un trabajo final sobre la violencia contra la mujer.

- Trabajo comunitario en el Municipio de Monteros.

- Vigilancia policial durante las 24 horas.

- Incorporación al listado de aspirantes a usar la tobillera electrónica.

- Aprehensión inmediata en el supuesto de violación de las medidas de protección.

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