Córdoba gravará actividades con criptomonedas

Córdoba gravará actividades con criptomonedas

Este gravamen es el segundo aplicado a las criptomonedas en la Argentina y el primero de alcance provincial.

BITCOIN. Ilustración de ClipSet.Com BITCOIN. Ilustración de ClipSet.Com
02 Febrero 2021

La provincia de Córdoba modificó su Código Tributario e incorporó "la prestación de servicios vinculados con operatorias relacionadas con monedas digitales" como actividad gravada en su impuesto sobre los ingresos brutos. Así, pasará a tributar el 4,75%, la alícuota general.

Según detalla el diario La Nación, este gravamen es el segundo aplicado a las criptomonedas en la Argentina y el primero de alcance provincial. Con esta modificación, el fisco también podrá desde ahora solicitar información a terceros sobre operaciones realizadas en criptomonedas.

La modificación abarca los servicios de intermediación en compra y venta de monedas digitales que operen en la provincia, los popularmente llamados "exchanges". En lo que respecta a prestadores de servicios en el exterior, el impuesto se cobraría en caso de que el usuario que lo utilice esté radicado o domiciliado en la provincia. Aún no está definido cómo se instrumentará.

También pasan a tributar una alícuota especial del 0,25% los ingresos percibidos por la venta de monedas digitales recibidas en carácter de pago por la venta de un bien o la prestación de un servicio.

La Ley del Impuesto a las Ganancias ya abarcaba, en su modificación de diciembre de 2017, las monedas digitales, considerándolas un activo financiero, sin precisar una definición. En este caso, la novedad radica en que el Código Tributario cordobés especifica que refiere a "una representación digital de valor que puede ser objeto susceptible de comercio digital y cuyas funciones -directas y/o indirectas- son la de constituir un medio de intercambio y/o una unidad de cuenta y/o una reserva de valor".


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