Sancionan a Valladares por hechos de 2017

Sancionan a Valladares por hechos de 2017

El secretario que se desdijo respecto de un acta del caso de Leiva fue apercibido por ese vocal y sus cuatro pares.

EX SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE PEDICONE. Fernando Valladares. EX SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE PEDICONE. Fernando Valladares.
27 Octubre 2020

El desenlace de un sumario administrativo abierto por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán en 2017 llegó para el secretario Fernando Valladares en el mismo momento en el que afronta al menos otros dos pedidos de investigación interna por su actuación en la confección de un acta adjuntada a la denuncia contra el vocal Daniel Leiva. Ese juez supremo y sus colegas Claudia Sbdar (presidenta), Antonio Daniel Estofán, Daniel Posse (en disidencia parcial) y Eleonora Rodríguez Campos impusieron apercibimientos a Valladares, y a los funcionarios María Nazaret Rodríguez Ponce de León, Rafael Molina y Germán Ricardo Aiquel. Llamativamente en la misma Acordada 1.004 del 19 de octubre de 2020, la Corte aplicó “una multa del 10% de las remuneraciones” a un juez destituido el 16 de septiembre, Roberto Guyot (ver por separado).

Las sanciones descritas son el saldo que dejó en los Tribunales el homicidio del preso Fernando Sebastián Medina acaecido en la cárcel de Villa Urquiza. Este recluso cumplía la condena por el delito de robo agravado en la Comisaría 7ª debido a que era uno de los internos que denunció la venta de estupefacientes en Villa Urquiza. El domingo 19 de noviembre de 2017, Medina fue trasladado de nuevo a la cárcel. En el primer día hábil siguiente, la pareja y la abogada de Medina fueron al Juzgado de Ejecución Penal para informar lo sucedido, pero ni Guyot ni la secretaria Rodríguez Ponce de León estaban allí: ambos se encontraban en un curso de capacitación. La Acordada 1.004 refiere que el funcionario Molina recibió a las mujeres y les dijo que “no podía hacer nada”. Ese mismo 21 de noviembre ingresaron una comunicación oficial del traslado, y una carta manuscrita de Medina y del interno Alejandro Torres Sosa donde expresaban al entonces juez los peligros que corrían, y le imploraban que los sacara de Villa Urquiza. Al día siguiente, Medina fue apuñalado y falleció.

La instrucción del sumario pasó por varias manos hasta que llegó a las del camarista Fabián Fradejas, quien atribuyó “un servicio deficiente de justicia” a Guyot en las 48 horas previas al asesinato de Medina. Un año más tarde y luego de que el ex juez fuese expulsado por el Jurado de Enjuiciamiento, los vocales consideraron acreditadas las faltas. “Corresponde destacar que la potestad disciplinaria de la Corte encuentra su fundamento en la preservación y autoprotección del esencial servicio de justicia: su finalidad primordial es la de asegurar el correcto funcionamiento, donde cobra relevancia el obrar de los agentes que la integran”, dijeron Sbdar, Estofán, Posse, Leiva y Rodríguez Campos. Y matizaron la responsabilidad del equipo de Guyot “por la existencia de una relación desgastada” con aquel.

Respecto de Valladares, quien pasó del Juzgado de Ejecución Penal a la extinta Cámara de Apelaciones que integraban los jueces Eudoro Albo y Enrique Pedicone (hoy magistrados de Impugnación), los vocales relataron que este había dicho que, si bien poseía el cargo de secretario y prestaba servicios en el despacho de Guyot desde su creación, nunca cumplió con esa tarea. “Lo afirmado por el funcionario resulta contradictorio en función de estas actuaciones, ya que puede apreciarse que tomaba audiencias en su calidad de secretario y fedatario; libraba oficios, etc.”, observaron los vocales. Y advirtieron que Valladares había quedado a cargo del Juzgado el 21 de noviembre por la tarde y el 22 por la mañana debido a que sus compañeros estaban en la capacitación. “En ese escenario olvidó poner en conocimiento del juez el hábeas corpus presentado por Medina y Torres Sosa”, apuntaron. La Acordada 1.004 dice que “sorprende”el hallazgo de un acta con las declaraciones de los internos cuyo contenido indica que fue redactada “en presencia de Valladares” y que exhibe su firma: “sin embargo, en su testimonio este funcionario manifiesta no haber presenciado la audiencia. Y reconoce que, al regreso de los empleados, suscribió el acta sin comunicar tal situación a Guyot por contar con el plazo procesal de 24 horas para ser resuelto”.

Los vocales afirmaron que Valladares omitió poner en conocimiento el traslado irregular de los internos: “esta circunstancia empeoró con la acción de hábeas corpus interpuesta por Medina y Torres Sosa. Claramente abordó la cuestión sin la debida responsabilidad funcional”. La Corte ha de resolver a continuación si abre otro sumario para investigar al funcionario apercibido por haberse retractado respecto de un acta que labró referida al supuesto pedido que el vocal Leiva hizo a Pedicone para que “manejara las intensidades” de una causa penal del legislador Ricardo Bussi. Luego de que el juez formulara la denuncia, Valladares se presentó ante la fiscala Mariana Rivadeneira; se desmintió a sí mismo y dijo que había confeccionado el acta “por temor reverencial” a Pedicone. Por su parte el juez presentó audios donde Valladares ratifica sus acciones ante sus advertencias de que sería presionado, entre otras cuestiones, por el sumario del caso “Medina”.

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