La Justicia no dicta una acordada para congelar sueldos en Tribunales, pero tampoco los aumenta

La Justicia no dicta una acordada para congelar sueldos en Tribunales, pero tampoco los aumenta

Por primera vez en enero, la Corte tuvo en funciones ayer a tres de sus cinco miembros. Se aguardaba un pronunciamiento respecto de la invitación del Ejecutivo a adherir a su decreto de ajuste, pero el alto tribunal se llamó a silencio.

 la gaceta / foto de analía jaramillo la gaceta / foto de analía jaramillo

1. La mitad más uno decide no pronunciarse

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia no se pronunció ayer respecto del congelamiento de los salarios para los empleados públicos de su órbita y, en principio, tampoco lo hará en lo inmediato. Como se recordará, el decreto acuerdo 1/1, dictado por el gobernador Juan Manzur y sus ministros, dispone una serie de medidas de ajustes entre las cuales la de mayor importancia es el congelamiento de la “cláusula gatillo” con la que debían actualizarse un 10,5% los salarios de los estatales a cargo del Poder Ejecutivo. Esa norma invitó a los otros poderes a adherir a estas disposiciones. Esa misma semana, trascendió que la Corte, apenas contase con la mitad más uno de sus miembros, emitiría su propia acordada en el mismo sentido que el Ejecutivo. Ayer, luego de que salieran de vacaciones Antonio Estofán y Daniel Leiva, estuvieron reincorporados Claudia Sbdar (presidenta), Daniel Posse y Eleonora Rodríguez Campos. Sin embargo, la cúpula judicial no emitió ningún instrumento respecto del ajuste.

2. Había consenso para una adhesión parcial

La decisión “conversada” (el contacto entre los jueces supremos que trabajaban en la feria durante la primera mitad del mes y los que estaban de receso era telefónica) de emitir una acordada propia para congelar los salarios de los empleados judiciales y las remuneraciones de los magistrados y de los funcionarios judiciales se sustentaba en que la adhesión al decreto acuerdo 1/1 no podía ser plena. Esto se debe a que hay gastos de equipamiento y de amoblamiento que el Poder Judicial no puede postergar, dado que en la primera mitad de este año debe aplicarse en toda la provincia el nuevo Código Procesal Penal (hoy rige como prueba piloto sólo en el Centro Judicial Concepción) y la consecuente instrumentación de la oralidad para ese fuero. Justamente, el decreto de Casa de Gobierno congela la compra de vehículos por 180 días, reduce los viáticos al 50% de su valor y restringe el otorgamiento de líneas telefónicas, entre otras medidas de contracción del gasto público. Sin embargo, había consenso en la cúpula judicial para suspender los incrementos en los sueldos y ello iba a plasmarse mediante un instrumento formal. Ahora, en cambio, el ánimo imperante es el de no materializar un pronunciamiento al respecto.

3. En 10 días, cambió el escenario institucional

El argumento central de la cúpula del Poder Judicial para evitar la acordada que en principio había convenido hace 10 días es que, precisamente, en ese lapso hubo cambios importantes en la coyuntura institucional. Sustancialmente, hay dos presentaciones judiciales promovidas desde un mismo sindicato: la Asociación de Trabajadores del Estado, de las que ha dado cuenta este diario. Una fue promovida directamente ante la Corte Suprema por el secretario general del gremio, Ángel Marcelo Sánchez. El miércoles pasado, el sindicalista interpuso una acción declarativa de inconstitucionalidad contra dos artículos del decreto acuerdo 1/1: el que congela la “cláusula gatillo” y el que reduce al 50% los adicionales salariales como las horas extra y las extensiones horarias. A la par, pidió que se dicte una cautelar de no innovar para que el Ejecutivo no varíe el acuerdo de paritarias celebrado en marzo de 2019. La otra fue formalizada el sábado. Gustavo Salas Correa, de una línea disidente de ATE, planteó ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo un recurso de amparo para declarar nulo todo el decreto acuerdo 1/1, y taambién solicitó que se dicte una cautelar de no innovar para que la Casa de Gobierno no aplique el ajuste. Eventualmente, esos planteos pueden llegar a la instancia de la Corte Suprema. Por esta razón, según trascendió, habría imperado el criterio de que el dictado de una acordada que congelara los salarios de judiciales, magistrados y funcionarios de tribunales habría implicado un prejuzgamiento.

4. Los que callan tampoco otorgan

Que la Corte no se haya pronunciado formalmente respecto de suspender la recomposición salarial en los miembros y en los trabajadores de su ámbito no implica que vaya a otorgar un incremento salarial. En rigor, no hay “cláusula gatillo” para el ámbito del Poder Judicial. Lo que la Justicia viene haciendo es una convalidación tácita de los acuerdos de paritarias que celebra el Poder Ejecutivo con los gremios estatales. Durante 2019, para el caso, hubo aumentos salariales para los judiciales en marzo, en julio y en septiembre, con los mismos porcentajes que otorgó la Casa de Gobierno en el marco de la indexación por el índice de la inflación del NOA que informa el Indec. Consecuentemente, la Corte no está obligada por un acta de paritarias a compensar los sueldos por el índice de variación de precios al consumidor. Precisamente, según pudo confirmar LA GACETA, la Corte liquidará los salarios con el último aumento salarial, es decir, con el otorgado en septiembre del año pasado. Si decide aumentar los salarios, en principio, la cúpula judicial dictará una acordada en la que materializará esa suba. Así lo hizo en marzo, en julio y en septiembre del año pasado.

5. El turno del fuero administrativo

La Corte si resolvió ayer que el planteo del secretario general de ATE para invalidar el congelamiento de la “cláusula gatillo” decretado por el Poder Ejecutivo sea tratado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Sbdar, Posse y Rodríguez Campos declararon incompetente al máximo tribunal para abordar en primera instancia ese recurso de amparo y lo giraron al tribunal inferior. Como se recordará, LA GACETA ya había informado el jueves pasado que el Ministerio Público Fiscal había emitido un dictamen no vinculante, suscrito por el fiscal Mariano Fernández (el ministro fiscal Edmundo Jiménez estaba de licencia), en el que recomendaba esa resolución. Ahora, el fuero en lo Contencioso Administrativo debe declararse competente para abordar ese planteo y, luego, resolver si tanto ese expediente como el de Salas Correa son “asuntos de feria”. De ser así, los camaristas ya estarán en condiciones de tratar sendos amparos y sendas cautelares de no innovar. En caso de que dispongan que no son asuntos de feria, el tratamiento pasará para el 3 de febrero.

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