Prisión condicional e inhabilitación para el edil electo talitense que exigió dinero a empleados

Prisión condicional e inhabilitación para el edil electo talitense que exigió dinero a empleados

La Sala II de la Cámara Penal emitió el veredicto de condena horas antes de que el funcionario imputado jure en el Concejo Deliberante.

ÚLTIMA JORNADA DEL DEBATE. El imputado Agustín Ruiz ayer, en el juicio que determinó su culpabilidad. LA GACETA/FOTO DE HÉCTOR PERALTA ÚLTIMA JORNADA DEL DEBATE. El imputado Agustín Ruiz ayer, en el juicio que determinó su culpabilidad. LA GACETA/FOTO DE HÉCTOR PERALTA

Una sentencia se interpuso en la carrera política de Agustín Ruiz. La Sala II de la Cámara Penal de esta ciudad consideró probado que el funcionario había exigido el 60% del sueldo de $ 8.000 a cuatro de sus colaboradores en marzo de 2016 y lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional por la comisión del delito de exacciones ilegales agravadas. Ruiz también fue inhabilitado para ejercer cargos públicos durante cuatro años. Los camaristas Gustavo Romagnoli (presidente), Eduardo Romero Lascano y Luis Morales Lezica emitieron el veredicto ayer a las 21. El fallo, que no está firme, podría frustrar la pretensión del acusado de jurar hoy como concejal aliado a Carlos Najar (PJ), intendente de Las Talitas.

Aunque los fundamentos serán entregados el 12 de noviembre a las 12, la decisión expuso la intención de circunscribir el caso a Ruiz, que hasta ayer seguía siendo director de Empleo e Intermediación Laboral de la gestión de Najar -el imputado pidió licencia sin goce de sueldo en septiembre, cuando comenzó el juicio oral-. El tribunal rechazó los pedidos de investigación contra el jefe municipal reelecto y su secretario de Gobierno, Víctor Safe. Además, descartó la posibilidad de ordenar la apertura de una causa penal contra las autoridades de la Junta Electoral Provincial: Daniel Posse, presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán; Edmundo Jiménez, ministro público fiscal; Washington Navarro Dávila, ministro público de la Defensa, y el secretario Darío Almaraz. El abogado querellante Gustavo Morales había formulado las solicitudes rechazadas (ver alegato por separado). Según ese letrado, la Junta debía ser investigada por el hecho de que Ruiz se postuló y ganó los comicios del 9 de junio pese a que no pudo explicar cómo había conseguido el certificado de buena conducta requerido por el organismo electoral.

Como contrapartida, los jueces hicieron lugar a la petición de investigación por supuesto falso testimonio de María Pastora Cholffi, colaboradora de Ruiz y su única testigo favorable. Esta solicitud provino de Morales y del fiscal Daniel Marranzino. La resolución implica el inicio de un proceso penal separado para la empleada municipal que sostuvo que ella, y sus ex compañeros Dora Beatriz Cura, Víctor Heredia y Gabriel Sleiman habían pactado voluntariamente la entrega de parte de sus salarios para hacer ayuda social. “En los 1.000 o 2.000 juicios en los que actué nunca vi una testigo tan reticente. Contrarió todas las versiones y las restantes pruebas, incluido el audio (que registra parte de la conversación donde Ruiz exigió el dinero) en el que hay una voz parecida a la de ella. Por supuesto, es la única que siguió trabajando. Quiero atender su situación de necesidad y su adhesión incondicional al imputado, pero es mi obligación solicitar su investigación”, evaluó Marranzino (ver alegato por separado)

Respecto del acusado, el tribunal se atuvo a la sanción que había solicitado el fiscal -Morales quería una pena de seis años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua-. A los fines de la ejecución condicional de la condena, la Sala II impuso al acusado las siguientes reglas de conducta: 1) fijar y mantener el mismo domicilio; 2) permanecer a disposición del Juzgado de Ejecución de Sentencias; 3) no ausentarse de la provincia sin autorización judicial escrita; 4) abstenerse de consumir en forma abusiva bebidas alcohólicas y estupefacientes, y 5) realizar trabajos comunitarios no remunerados a favor de la Sala Cuna durante un mínimo de 10 horas semanales por el plazo de la condena condicional (tres años). En forma accesoria, el tribunal prohibió a Ruiz acercarse a Cura, Heredia, Sleiman y a la testigo Celia Maza, y a sus grupos familiares. El imputado ha de mantenerse a 200 metros de distancia. La restricción de contacto incluye a las interacciones en las redes sociales.

“Está en juego la vida pública de este muchacho que tuve que levantar de la cama porque estaba con depresión. A sus denunciantes no les importó el trabajo, no les importó el contrato, sino atacarlo”, cuestionó Julio César Aybar Argañaraz (ver alegato por separado). El imputado se mantuvo imperturbable durante la audiencia. Casi sin mover los labios, rechazó la oferta de pronunciar unas palabras finales. Su futuro hoy depende del Concejo de Las Talitas y del intendente Najar. Si la condena surte efectos inmediatos, la banca de Ruiz será ocupada por el subdirector de Educación, Alfredo Albertus. Pase lo que pase, se trata de una historia excepcional para los Tribunales penales y le tocó protagonizarla a un funcionario que llegó a su juzgamiento con 33 años.

QUERELLANTE MORALES
“Cada vez es más difícil juzgar delitos de corrupción”

“Después de escuchar al fiscal (Daniel Marranzino) me queda el sinsabor de advertir la dificultad cada vez mayor para juzgar delitos de corrupción. Estamos llegando al punto de que exigir que el funcionario se declare corrupto. Carlos Marx escribió en ‘El 18 Brumario de Luis Bonaparte’ que la historia se repite dos veces: primero como tragedia, después como farsa. Y precisamente de lo que se trata es de evitar que la historia no se repita como farsa. Pero lamentablemente creo que eso va a suceder. (...) Jeremy Bentham decía que la transparencia sola no basta, sino que es preciso observadores curiosos que lo examinen todo. El sábado 19 de marzo de 2016 asumimos la responsabilidad como querellantes por el hecho ocurrido el 14 de marzo de 2016 (en el Hiper Libertad). Aquel sábado, Dora Beatriz Cura había pedido el allanamiento inmediato de la Dirección de Empleo e Intermediación Laboral para proceder al secuestro de la planilla de asistencia. La fiscala Adriana Reinoso Cuello respondió ‘nada’. (...) ¿Esa es la respuesta que se le debe dar a la víctima? (...) Hay una testigo que sufrió todo el año 2016, Celia Maza. Ella dijo que el acusado Agustín Ruiz, la testigo María Pastora Cholffi y una colaboradora, Vanesa Cruz, prendieron fuego a toda la documentación. Jamás se requirió una medida de coerción real para la Municipalidad de Las Talitas. Este es el contexto en el que un ciudadano común lucha contra la corrupción. Y esto es poner blanco sobre negro para que sepamos cómo un ciudadano común lucha contra la corrupción. (...) Si sentar a Ruiz aquí llevó tres años y siete meses, ¿se imaginan el tiempo que puede llevar una investigación del intendente Carlos Najar, que tiene privilegios procesales? Si se hubiese optado por querellar a Najar, la conducta de Ruiz habría quedado impune. Pero Najar debería ser investigado (...)”.

FISCAL MARRANZINO
“Hubo un abuso de la situación de superioridad”

“El 14 marzo de 2016, el imputado y funcionario público Agustín Ruiz citó telefónicamente a (sus entonces colaboradores) María Pastora Cholffi, Dora Beatriz Cura, Víctor Heredia y Gustavo Sleiman en el bar del Hiper Libertad del acceso norte. Todos los testigos dicen que se encontraron aquel día, después de cobrar su primer cheque. Ruiz confirma la existencia de la reunión (...). El delito (exacciones ilegales) consiste en exigir indebidamente algo: no hace falta acceder a la exigencia. Todos los testigos, excepto Cholffi, confirman esto. Algunos hablan de que debían dar $ 5.000 de $ 8.000, otros, el 80%: es un detalle menor. La intimación formulada a Ruiz dice que este conminó a las víctimas esgrimiendo que el dinero era para el intendente Carlos Najar, a quien debía rendir cuentas. Algunos testigos confirmaron ese destino. Esto fue negado bajo juramento por Najar (...). A continuación, Cura y Heredia se presentaron como habitualmente lo hacían en la Dirección de Empleo (e Intermediación Laboral de Las Talitas), pero no los dejaron entrar y les comunicaron que ellos ya no trabajaban allí. Sleiman también perdió su contrato. La única que mantuvo su puesto es Cholffi. Todas estas cuestiones tienen como sustento una grabación. La conversación de la reunión en el Hiper Libertad fue grabada: Cura la registró (con su celular) y, según dijo, Ruiz expresó que no le interesaba que lo hiciera. Él no se escuchó, sin embargo, en la grabación (en ocasión de su reproducción en el debate). Todos escuchamos el audio y es una prueba perfectamente válida (...). No siempre las exacciones ilegales se dan de un superior a un inferior dentro de una misma organización estatal. Aquí hay una situación de superioridad funcional y consecuentemente la inferioridad de los dependientes: de allí viene su necesidad. Allí está el abuso. Y el bien jurídico dañado es la administración pública”.

DEFENSOR AYBAR ARGAÑARAZ
“Está en juego la vida de este muchacho”

“El derecho penal es matemático: condena conductas tipificadas. Se les hizo muy difícil a los acusadores estudiar y entender cómo tipificar la conducta del imputado Agustín Ruiz. Cuando el artículo 266 del Código Penal fue legislado, lejos estaba el mundo de presumir siquiera una conducta como la endilgada a Ruiz. (...) Mi cliente en ningún momento abusó de su autoridad. Jamás fue corroborado que las víctimas se hayan quedado sin trabajo (por negarse a entregar el dinero). Dora Beatriz Cura, Víctor Heredia y Gabriel Sleiman ‘tenían escapatoria’: podían acudir al delegado comunal que los contrató; podían pedir un sumario administrativo; podían hacer una denuncia ante el intendente (Carlos Najar); podían ir al Ministerio del Interior… No lo hicieron, optaron lisa y llanamente, por elevar una denuncia penal. No les importó el trabajo; no les importó el contrato; no les importó la plata, sino afectar el buen nombre, honor, presente y futuro de Ruiz (...). Soy el sexto abogado de este funcionario: tienen razón. Los defensores anteriores ‘lo hicieron declarar’ porque estaban convencidos de que sólo estaban informando un hecho, no confesando un delito (...). Vamos a la situación de que alentemos este tipo de denuncias. Pero debemos exigir a las fiscalías que sigan un protocolo de actuación. (...) Hoy toda la responsabilidad está en el tribunal, que se tiene que hacer cargo de pruebas que no fueron requeridas en su momento (...). Pido un protocolo que exija, como primera medida, que se hayan agotado las instancias administrativas (...). Está en juego la vida pública de este muchacho que hoy (por ayer) tuve que levantar de la cama con remedios porque estaba en depresión. (A sus denunciantes) no les importó el trabajo, no les importó el contrato, sino atacar a Ruiz. (...). No se sabe qué destino tuvo la plata. Aquí no se trata de la vida de Agustín Ruiz, sino del Estado de Derecho”.

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