El impedimento de acceder a la información pública

El impedimento de acceder a la información pública

Dicho de un cuerpo: que permite ver los objetos con nitidez a través de él; traslúcido; que se deja adivinar o vislumbrar sin declararse o manifestarse. Claro, evidente, que se comprende sin duda ni ambigüedad. La transparencia es una de las palabras más circula en boca de nuestra clase dirigente desde hace muchos años, pero es la menos practicada. A menudo se olvida o más bien, se soslaya adrede, que toda persona que accede a un cargo público, queda expuesta a la mirada de la sociedad, de manera que sus acciones deben ser diáfanas y rendir cuentas de ellas es una de sus obligaciones.

El principio republicano de publicidad de los actos de gobierno obliga a los funcionarios a manifestarse y actuar con veracidad y transparencia en la gestión de los asuntos públicos, pero en nuestro país, y en particular, en Tucumán, la llegada a la función pública sirve, en muchos casos, para concederse privilegios, así como negarse a brindar información a la sociedad.

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La finalidad de la Ley Nacional de Acceso a la Información Pública N° 27.275, promulgada en 2016, es garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública. En uno de sus considerandos, se indica que toda la información en poder, custodia o bajo control del sujeto obligado debe ser accesible para todas las personas. La norma entró en vigencia en octubre de 2017.

En la 54° Asamblea de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) celebrada en septiembre de 2016 en San Miguel de Tucumán, el gobernador Juan Manzur se comprometió a adherirse a la norma nacional. En noviembre de ese año, el secretario general de la Gobernación y actual diputado elogió la ley nacional, “pero nos entusiasma más armar una propia, que sea más ambiciosa”, sostuvo. La nuestra es una de las siete provincias que carece de una legislación sobre el asunto.

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En nuestra edición dominical, el abogado Luis Comba se pregunta acerca del porqué del impedimento de acceso irrestricto por parte de la ciudadanía a la actividad de los funcionarios. “Una primera respuesta, absolutamente falaz por cierto, ha sido sostener que Tucumán se encuentra estudiando un proyecto superador al sancionado a nivel nacional. Una segunda respuesta pasa por señalar que la Provincia tiene los órganos de control que realizan la tarea, que en consecuencia no necesitan realizar los ciudadanos comunes, ya que queda reservada para estos organismos especializados del Estado”, afirmó.

Tampoco los tucumanos pueden acceder a las declaraciones juradas de los funcionarios porque son secretas, según la ley 3.981 (data de 1973), que establece además que la divulgación de los datos puede ser penalizada. ¿Hecha la ley, hecha la trampa?

Esta evasiva o resistencia a permitir que cualquier ciudadano acceda a la información de los organismos del Estado y de sus funcionarios se presta a suspicacias. ¿Qué es lo que la ciudadanía no debe conocer de sus representados? ¿Acaso conforman estos una casta privilegiada? “Un gobierno eficaz, transparente, responsable y confiable, que actúe bajo el predominio de la ley, es la base de un desarrollo sostenible, no el resultado de este”, afirma Kofi Annan, ex secretario general de las Naciones Unidas. Parece que estamos aún lejos de ello.

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