Diputados y senadores por Tucumán, decididos a repensar la relación entre los menores y el delito

Diputados y senadores por Tucumán, decididos a repensar la relación entre los menores y el delito

Una decena de legisladores nacionales tucumanos coinciden en que es necesario abordar un análisis integral del régimen penal juvenil del país, pero evitan definiciones a la hora de pronunciarse sobre la conveniencia o no de bajar la edad de imputabilidad de los adolescentes.

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28 Enero 2018

La mayoría de los legisladores nacionales por Tucumán consultados por LA GACETA coinciden en la necesidad de modificar el régimen penal juvenil vigente. Ocurre que el Gobierno nacional espera que la nueva ley sea aprobada este año por el Congreso, luego del parate de 2017 por los comicios. Desde Cambiemos, incluso, hablan de una “ley integral” que vaya “más allá” de una baja en la edad de imputabilidad de menores.

La semana pasada, el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Germán Garavano, se refirió a la iniciativa y calificó que es un objetivo del Gobierno abordarla en el segundo semestre. Según el funcionario, se busca una norma exhaustiva, que “ya está hecha con expertos”. El año pasado, de hecho, se realizaron varios encuentros con expertos para definir, en el marco del programa Justicia 2020, los lineamientos de un nuevo sistema de responsabilidad penal juvenil.

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El “Régimen Penal de la Minoridad” que rige en Argentina tiene casi 40 años. Fue promulgado en 1980 por el dictador Jorge Rafael Videla, mediante la ley N° 22.278. Por un lado, señala que los menores de 16 años son absolutamente inimputables y no punibles, es decir, que no se les puede aplicar penas en caso de cometer delitos. Sin embargo, el juez tiene la posibilidad de tomar ciertas decisiones sobre la vida del menor y puede resolver, por ejemplo, internarlo en un instituto para menores.

Por otro lado, instituye un sistema especial para los adolescentes de entre 16 y 18 años que hayan cometido delitos, los cuales son “relativamente imputables”. Se los somete a un proceso penal juvenil y el menor queda bajo disposición del juez. Luego, cuando el adolescente cumple 18 años, el juez puede aplicarle una pena si cumplió, por lo menos, un año de tratamiento tutelar. Además, la ley no considera como reincidente a un menor de edad que vuelve a cometer delitos. Con respecto a los padres, si así lo considera, el juez puede privarlos de la responsabilidad parental, o puede suspenderla por un tiempo.

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La vigente ley penal juvenil argentina no tiene en cuenta las normas internacionales en la materia. Es anterior a la Convención sobre los Derechos del Niño, que fue aprobada en el año 1989 y ratificada por nuestro país en 1990.

En un informe publicado en diciembre, Unicef indica que “es sumamente importante que Argentina tenga una ley de Justicia penal juvenil en línea con los estándares internacionales”. “Para esto, se requiere un sistema judicial especializado con un enfoque centrado en la prevención del conflicto con la ley penal antes que la represión. Es necesaria una estrategia orientada a la reinserción social que ofrezca a los adolescentes oportunidades educativas, recreativas y de formación laboral, para facilitar su inclusión alejado del delito”, sostiene el programa de la ONU para la infancia.

En Argentina, el debate sobre el régimen penal de menores se instaló mediáticamente en diciembre de 2016 luego del “caso Brian”, cuando un menor de 15 años asesinó a otro de 14 en Buenos Aires. Por ser inimputable, la Justicia dispuso su liberación y autorizó su viaje a Perú, de donde es oriunda su familia.“En lo que hace a los jóvenes, tenemos que encontrar una solución. Lo que pasó con Brian y la solución que se le encontró, seguramente dentro de lo posible, nos dejó con un sabor amargo, especialmente a los padres. El mundo ha avanzado hace rato en un código penal juvenil y merecemos ese debate”, había dicho aquella vez Mauricio Macri. Poco más de un año después, el debate vuelve a instalarse en el país.

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