Revés judicial para el abogado del grupo Altamiranda

Revés judicial para el abogado del grupo Altamiranda

La Cámara Federal confirmó el procesamiento del letrado Espejo por un supuesto ardid para engañar a la Justicia

21 Octubre 2016
La investigación de una supuesta evasión tributaria desembocó en la apertura de una pesquisa penal destinada a esclarecer una presunta maniobra para estafar a la Justicia Federal. La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán consideró que habría pruebas para tener por acreditado el posible engaño al confirmar el procesamiento de José Alejandro Espejo, abogado del grupo Altamiranda en 2010. La resolución del 5 de octubre de 2016 fue rubricada por los camaristas Ernesto Wayar (presidente), Ricardo Sanjuán y Marina Cossio. Los imputados Carlos Faustino Altamiranda, Julio César Altamiranda, Carlos Gustavo Altamiranda, Gabriel Marcelo Altamiranda y Juan Alberto Rivadeneira también fueron procesados en el mismo expediente.

Los camaristas dijeron que estaban dadas las condiciones para endilgar a Espejo el carácter de probable autor de los delitos de uso de documentos públicos y privados falsos vinculados a una presunta estafa procesal. Wayar, Sanjuán y Cossio desestimaron el argumento del abogado, que esgrimió que él se había limitado a presentar los papeles necesarios para constituir una caución real y obtener la exención de prisión en el ámbito de la pesquisa por supuesta evasión iniciada en 2005. “Aún en la hipótesis de que se diera credibilidad a la versión brindada por el imputado, igualmente resulta muy poco creíble que las falencias (detectadas) le hayan pasado desapercibidas. Más aún si se toma en consideración que la supuesta oferente de la caución -Carolina López- era una persona muy longeva (90 años), con presunta imposibilidad física de trasladarse (según el informe médico agregado al caso) y que no fue encontrada por el médico forense de la Cámara (Raúl Asial) en el domicilio denunciado”, razonaron los magistrados.

El papel de los herederos

La maniobra atribuida al grupo Altamiranda quedó expuesta en 2013 como consecuencia de la aparición de otro abogado, Ernesto Saade, representante de los herederos de Carolina López (César Luis Villagra y Marta del Valle Figueroa). En pocas palabras, el letrado dijo al Juzgado Federal N°1 dijo que la señora había fallecido en 2009, un año antes de la constitución de la caución en beneficio de los Altamiranda. Frente a este aviso, el fiscal federal N°1, Carlos Brito, abrió la nueva causa y solicitó la revocación de la exención de prisión de los imputados. En noviembre de 2013, el juez federal N°1, Daniel Bejas, ordenó la detención de los Altamiranda.

La caución en cuestión comprende dos inmuebles de López y había sido formalizada por Espejo, quien pidió una prórroga para presentar la documentación exigida. A fines de noviembre de 2010, el Juzgado N°1 citó a López para que prestara conformidad con la caución. A continuación, Espejo incorporó al incidente de exención de prisión copias certificadas por el escribano Roberto Espeche de la escritura de un poder amplio que López había otorgado en favor de Domingo Pastor Tula. El abogado pidió, además, un plazo para el apersonamiento de López alegando su edad avanzada. En un recurso, Espejo expresó que la oferente de la caución tenía 90 años y que estaría postrada aunque lúcida. Para acreditar esta situación, adjuntó un certificado médico de Ramón Arias. Entonces, el facultativo forense Asial intentó constatar las condiciones de salud de López, pero no encontró a nadie en el domicilio denunciado por el defensor de los Altamiranda. Frente a esta situación, la Justicia Federal intimó a dar el domicilio real de la señora o a presentar un poder especial: en febrero de 2011, Espejo entregó aquel instrumento otorgado por Tula en representación de López y en favor del coimputado Rivadeneira. En la confección del poder había intervenido el escribano Espeche y en virtud de este, Rivadeneira compareció para consentir que dos inmuebles de López quedaran afectados a la caución hasta cubrir la suma de $ 100.000 por imputado.

El presunto ardid funcionó hasta que los herederos de López advirtieron que sus bienes estaban afectados por la caución, en el ámbito del juicio sucesorio. Los clientes de Saade desconocieron los poderes conferidos a Tula y a Rivadeneira, y a los acusados. César Luis Villagra afirmó que le llamaba la atención que, en el ínterin, el expediente de la sucesión se hubiese perdido, lo que obligó a reconstruirlo.

En la investigación dirigida por Brito consta que no hay rastros en el Colegio de Escribanos de los poderes de Tula y Rivadeneira; que el primero de los instrumentos no existe en el protocolo de la Escribanía; que las fojas del instrumento no son las oficiales; que los sellos y las firmas de las escrituras no se compadecen con los registrados y que fueron adulterados; que no había ningún médico matriculado llamado Ramón Arias y que Tula había fallecido en 2011.

Frente al cúmulo de pruebas que acreditarían el engaño, la defensa de Espejo expresó que su intervención se había limitado a informar a los Altamiranda sobre los requerimientos atinentes a la caución. Según la resolución de la Cámara, el letrado afirmó que el letrado sólo recibió una serie de documentos que parecían legales y auténticos. La explicación no convenció a la Cámara, que sostuvo que habría quedado acreditado que Espejo sabía sobre la falsedad de las escrituras y del certificado médico.

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