Los progenitores invocan la ley penal 24.270

Los progenitores invocan la ley penal 24.270

12 Agosto 2012
- La Ley 24.270 dice que al que impide el contacto del niño con uno de sus padres, le corresponde prisión.
- La pena será de un mes a un año, y si el niño es menor de 10 o discapacitado, hasta tres años de prisión.
- Son causas de delito: no dejar ingresar al progenitor no conviviente o visitar a su hijo en su domicilio.
- También se penaliza el no entregar cartas al niño o cortar llamadas de teléfono, del padre no conviviente.
- Hay un medio inmaterial de impedir el contacto del menor con el padre no conviviente: cuando se amenaza al hijo para que no hable con el progenitor que no vive con el niño.
- El Tribunal deberá disponer, en el plazo no mayor de 10 días, los medios necesarios para restablecer el contacto con el menor con sus padres; determinará, de ser procedente, un régimen de visita provisorio por un término no superior a 3 meses.

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