21 Agosto 2009 Seguir en 
BUENOS AIRES.- El Banco Central dispuso una serie de medidas destinadas a flexibilizar los requisitos para el acceso al crédito a las PyME y para individuos y familias destinados al consumo. Abarcan diferentes aspectos de la relación crediticia entre las entidades financieras y su clientela.
Se busca simplificar la información requerida tanto para la presentación de la solicitudes de crédito, la evaluación del perfil de riesgo de los solicitantes y la puesta en marcha de los préstamos por parte de las entidades financieras. En lo que respecta a las PyME, el Central decidió elevar de $ 500.000 a $ 750.000 pesos el límite hasta el cual se permitirá que las empresas sean evaluadas, tras haber recibido un crédito en función del cumplimiento de sus obligaciones, aplicando el mismo criterio utilizado para valuar a los deudores comprendidos en la cartera de consumo. Así, respecto de esos deudores, dejará de ser relevante para la evaluación de la información sobre el flujo de fondos proyectado de la actividad de los deudores al momento de proyectar su capacidad de pago.
En lo que respecta al crédito destinado a las familias e individuos para atender el financiamiento del consumo, se dispuso "eliminar el patrimonio de los solicitantes de crédito como referencia o base de cálculo a los fines de determinar el cupo de crédito otorgable. En su reemplazo las entidades adoptarán un esquema de determinación de los márgenes de crédito otorgables a ese sector de la economía basado en la relación cuota/ingreso de los solicitantes. (Télam)
Se busca simplificar la información requerida tanto para la presentación de la solicitudes de crédito, la evaluación del perfil de riesgo de los solicitantes y la puesta en marcha de los préstamos por parte de las entidades financieras. En lo que respecta a las PyME, el Central decidió elevar de $ 500.000 a $ 750.000 pesos el límite hasta el cual se permitirá que las empresas sean evaluadas, tras haber recibido un crédito en función del cumplimiento de sus obligaciones, aplicando el mismo criterio utilizado para valuar a los deudores comprendidos en la cartera de consumo. Así, respecto de esos deudores, dejará de ser relevante para la evaluación de la información sobre el flujo de fondos proyectado de la actividad de los deudores al momento de proyectar su capacidad de pago.
En lo que respecta al crédito destinado a las familias e individuos para atender el financiamiento del consumo, se dispuso "eliminar el patrimonio de los solicitantes de crédito como referencia o base de cálculo a los fines de determinar el cupo de crédito otorgable. En su reemplazo las entidades adoptarán un esquema de determinación de los márgenes de crédito otorgables a ese sector de la economía basado en la relación cuota/ingreso de los solicitantes. (Télam)







