Un requisito que debe ser flexibilizado por el Poder Ejecutivo

Punto de vista. Por Federico Moreno - Estudio Moreno y Asociados.

29 Marzo 2009

El jueves 26 se publicó en el Boletín Oficial de la provincia la Ley N° 8.166, que establece un régimen excepcional de facilidades de pago (moratoria), en la que podrán incluirse las deudas vencidas y exigibles al 31 de diciembre del año pasado.
La moratoria provincial contempla atractivos beneficios de reducción de intereses y de multas. Sin embargo, al mismo tiempo, la ley establece ciertos requisitos que pueden impedir el acogimiento de muchos contribuyentes que tuvieron dificultades financieras durante los primeros meses de este año, afectando de este modo la igualdad de oportunidades.
En efecto, en su artículo 3, la norma establece, como condición indispensable para la adhesión al régimen, que los contribuyentes y responsables tengan abonadas y cumplimentadas sus obligaciones tributarias con vencimiento a partir del 1º de enero de 2009. Asimismo, aclara que tales obligaciones deberán encontrarse cumplidas y abonadas en tiempo y forma hasta sus respectivos vencimientos, admitiéndose los ingresos extemporáneos cuando los mismos, con más los intereses correspondientes, se efectúen dentro del mismo mes en que se produzca el vencimiento de la respectiva obligación.
Cabe destacar que la falta de cumplimiento de este requisito dará lugar al rechazo de la solicitud de acogimiento.

Alternativa
Sería oportuno entonces que el Poder Ejecutivo (o la Dirección General de Rentas, si delega en ella esta facultad), al reglamentar la aplicación de la presente ley, flexibilice este requisito.
Una alternativa razonable podría consistir en exigir, como lo hizo la Dirección de Rentas en oportunidades anteriores, que los contribuyentes tengan abonadas y cumplimentadas (con más los intereses correspondientes) sus obligaciones tributarias vencidas en el presente año, hasta el día en que se efectúe el acogimiento.
De esta manera, se facilitaría el cumplimiento del objetivo que mencionó el Gobierno en su mensaje de elevación del proyecto de ley a la Legislatura: permitir la operatividad y promover la regularización impositiva, promoción y protección del empleo, exteriorización y repatriación de capitales en la provincia de Tucumán.

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