Las moratorias nacional y provincial brindarán la oportunidad a los empleadores de que regularicen la situación de su personal. Pero también esos datos servirán para cruzar informes entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Dirección General de Rentas. En Tucumán se calcula que uno de cada dos empleados está en negro. Sólo en el área metropolitana hay cerca de 112.000 trabajadores sin obra social ni cobertura previsional.
La moratoria de la AFIP, vigente desde el primer día de este mes, establecer que los empleadores que adhieran al régimen hasta el 31 de julio, mediante correcciones en las relaciones laborales (registrar trabajadores, rectificar salarios y fecha de ingreso) quedarán liberados de toda sanción. Así, por ejemplo, por los primeros 10 empleados se condona toda la deuda correspondiente a aportes y contribuciones de la seguridad social, según informó la delegación regional Tucumán de la AFIP, a cargo de Sara Leguizamón. En el caso del empleado número 11, la deuda, el capital y los intereses se regularizarán mediante el plan.
En el caso de la moratoria de Tucumán, la situación es distinta, según explicó ayer a LA GACETA el director de Rentas, Pablo Clavarino. "El empleador tendrá la posibilidad e gozar de una rebaja en la alícuota del impuesto a la Salud Pública (grava el salario) del 2,5% normal al 0,5%, producto de la moratoria", explicó el funcionario.
Otro beneficio para aquellos empleados que aún no registraron a sus trabajadores es la suspensión de la multa (unos $ 20.000 por cada empleado no registrado) y de los 10 días de clausura por la infracción. "Se ponen en suspenso esas sanciones siempre y cuando el empleador mantenga la relación laboral durante 16 meses", puntualizó Clavarino. Vencido ese plazo, Rentas podrá archivar el sumario y la sanción si es que se cumple el requisito.
La moratoria toma en cuenta los casos particulares de la relación laboral. Por esa razón los beneficios que establece el proyecto de Rentas se adecuan a la situación entre empleadores y empleados. Según Clavarino, la moratoria provincial tiende a generar un sistema de "borrón y cuenta nueva" para garantizar el empleo en tiempos de crisis. "La intención oficial es brindarle herramientas anticrisis al sector privado", dijo.
Requisitos del régimen
EN PRINCIPIO, la moratoria de la Dirección General de Rentas estará habilitada desde el lunes 23 de este mes y hasta el 31 de agosto próximo. Podrán ingresar todas las deudas vencidas y exigibles al 31 de diciembre de 2008 de todos los impuestos provinciales.

"ES CONDICION INDISPENSABLE para la adhesión al presente régimen, que los contribuyentes y responsables tengan abonadas y cumplimentadas sus obligaciones tributarias y cuyos vencimientos operaron y operen a partir el 1 dde enero de este año -inclusive- y hasta el acogimiento al régimen", señala el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo a la Legislatura.
LA MORATORIA alcanzará a las deudas incluidas en planes de pago vigentes o caducos; las originadas en ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de Rentas; las que se encuentren en proceso administrativo y judicial, en cualquier etapa procesal.

SE FORMALIZARA un plan por cada tributo, al contado y/o en pagos parciales, mediante la suscripción de la facilidad de pago correspondiente. La formalización del plan se efectuará por cada padrón o dominio, según corresponda.
LOS PAGOS parciales a solicitarse no podrán exceder de 60, salvo para el Impuesto de Sellos, en el cual la facilidad de pago no podrá exceder de 18.
EL IMPORTE CORRESPONDIENTE al pago al contado o al primer pago parcial deberá ingresarse hasta el día 15 del mes calendario siguiente al cual se haya interpuesto la solicitud de acogimiento al presente régimen.







