15 Abril 2007 Seguir en 
En sólo dos días, unos 45.000 trabajadores de todo el país decidieron abandonar sus respectivas AFJP para pasar al régimen de reparto. La reforma previsional se puso en marcha el jueves y hasta el 31 de diciembre será posible optar libremente entre el sistema de reparto (estatal) y el de capitalización (privado).
El trámite de traspaso de una AFJP al Estado es sencillo, pero es posible evitar demoras y contratiempos si se tienen en cuenta algunos consejos respecto de la operatoria que puso en marcha la Anses. A continuación se detallan cinco claves para realizar el trámite con éxito y evitando contratiempos.
1- Para iniciar el trámite, el trabajador debe entrar desde cualquier computadora con acceso a internet a la dirección de la Anses www.opcionjubilatoria.gov.ar. Durante los dos primeros días de vigencia del sistema de traspasos, la página estuvo saturada durante la mañana, por la gran cantidad de visitas. Para evitar demoras, lo recomendable es ingresar a la dirección de internet durante la tarde o la noche.
2- Una vez en la página, se solicita al trabajador que ingrese su CUIL. Para evitar demoras, es recomendable que antes de ingresar el trámite on line se busque y se anote el número. Quien no lo sepa, puede buscarlo de su boleta de sueldo o ingresando a www.anses.gov.ar. Allí, con su número de DNI, podrá obtener su CUIL.
3- Tras ingresar el CUIL, en la página de internet aparecerá una pantalla con sus datos personales y luego otra en la que le solicitarán un número de teléfono y una dirección de e-mail, si es que la posee. Luego, si no tiene clave fiscal, le solicitarán que ingrese una. La clave fiscal es un código alfanumérico de identificación que la Anses exige tengan los trabajadores que deseen realizar algún trámite por internet. Si no tiene la clave, deberá ingresar un código alfanumérico a su elección. Procure que sea un término que pueda recordar con facilidad o anótelo y guárdelo en un lugar seguro, porque será su identificación para realizar trámites futuros en la Anses. Por ejemplo, le servirá para chequear, en enero, si se concretó el traspaso al Estado.
4- Una vez completados los pasos en internet, aparecerá el formulario con todos sus datos y con su ratificación de que desea pasar de su AFJP al Estado. El formulario ya aparecerá por triplicado, por lo que con sólo mandar a imprimir lo que está en pantalla ya tendrá los tres papeles con los que deberá ir al correo. Recuerde que debe verificar si los datos son correctos y que la computadora en la que haga el trámite cuente con impresora. De lo contrario, todo el trámite que realizó en internet habrá sido en vano.
5- El último paso para concretar el traspaso es presentar los papeles en las sucursales del Correo Central y de OCA habilitadas. En este punto, es importantísimo tener en cuenta algunas cuestiones. La primera es que el trámite es personal: un tercero no podrá presentar por usted el formulario, ya que tiene el estatus de Carta Documento y deben ser firmado de puño y letra ante el empleado postal. Otra cuestión importante es que debe concurrir al Correo con el DNI y con una copia de la primera y de la segunda copia de ese documento. Por último, tenga en cuenta que, en el caso del Correo Argentino, recibirá los formularios sólo de 8 a 9.
La operatoria estará vigente hasta el 31 de diciembre. El plazo es amplio, por lo que es posible hacer el trámite con tiempo y evitar largas colas o esperas innecesarias.
Una vez completado los requisitos que exige la Anses en www.opcionjubilatoria.gov.ar, aparecerá el formulario con todos sus datos para realizar el traspaso. Se debe imprimir el papel, que ya sale por triplicado para ser presentado en las sedes postales que estableció el organismo nacional.
Por último, hay que llevar las tres hojas del formulario a alguna de las sedes del Correo Argentino o de Oca. Allí, un oficial postal recibirá dos copias, las sellará y le dará la tercera al trabajador de comprobante. En Tucumán el Correo recibirá sólo de 8 a 9 los formularios.
Desde este mes, quienes entren por primera vez al sistema laboral tendrán 90 días para optar entre el sistema de reparto y una AFJP. Si en ese plazo no hay decisión, pasan automáticamente al Estado.
¿Hay límite de edad para acceder a la opción?
Sí. Pero sólo por esta única vez, podrán pasar de una AFJP al Estado todos los trabajadores, sin límite de edad. No podrán hacerlo, dentro de cinco años, las mujeres que tengan 50 años y los hombres de 55.
¿Qué pasará con mis fondos de la AFJP?
Si se opta por pasar al sistema de reparto, al momento de la jubilación se computará para el haber los aportes realizados a las AFJP y el Estado. Ambos sumarán para el monto del beneficio.
¿Cuándo comenzarán a regir los cambios?
El traspaso se concretará luego de que todos los interesados realicen los trámites pertinentes, en enero de 2008. Para esa fecha estará unificado el monto de aporte y el sistema de seguros.
¿Qué pasa si mis aportes son insuficientes?
El Estado implementó un sistema de rescate para que aquellos que tengan hasta $ 20.000 en sus cuentas de AFJP y les falten menos de 10 años para jubilarse pasen farantizarles una pensión.
¿Qué pasa si no ejecuto el traspaso en ese lapso?
La ley de reforma previsional establece que cada cinco años se abrirá, por 180 días, un nuevo período de traspaso entre uno y otro sistema. Si no realiza cambio alguno, seguirá donde está ahora.
¿Es obligatorio realizar el traspaso?
No. Los que deseen continuar en su AFJP no deben realizar ningún tipo de trámite ni ratificar esa decisión. Con la simple inacción, continuarán en la AFJP a la que están afiliados ahora.
¿Pueden forzarme a optar por uno u otro sistema?
No. La opción es libre y ni el empleador ni ningún agente puede obligarlo a elegir. No interesa si todos sus compañeros de trabajo deciden por uno u otro sistema o si se lo pide su jefe.
¿Cambia el nivel de aportes para la jubilación?
Sí. También a partir de enero, todos los trabajadores comenzarán a aportar para su jubilación el 11% de su sueldo. Actualmente, se descuenta para la pensión por reitro el 7% del salario.
LA GACETA recibirá consultas o dudas sobre el nuevo sistema previsonal al e-mail jubilacion@lagaceta.com.ar.
El trámite de traspaso de una AFJP al Estado es sencillo, pero es posible evitar demoras y contratiempos si se tienen en cuenta algunos consejos respecto de la operatoria que puso en marcha la Anses. A continuación se detallan cinco claves para realizar el trámite con éxito y evitando contratiempos.
1- Para iniciar el trámite, el trabajador debe entrar desde cualquier computadora con acceso a internet a la dirección de la Anses www.opcionjubilatoria.gov.ar. Durante los dos primeros días de vigencia del sistema de traspasos, la página estuvo saturada durante la mañana, por la gran cantidad de visitas. Para evitar demoras, lo recomendable es ingresar a la dirección de internet durante la tarde o la noche.
2- Una vez en la página, se solicita al trabajador que ingrese su CUIL. Para evitar demoras, es recomendable que antes de ingresar el trámite on line se busque y se anote el número. Quien no lo sepa, puede buscarlo de su boleta de sueldo o ingresando a www.anses.gov.ar. Allí, con su número de DNI, podrá obtener su CUIL.
3- Tras ingresar el CUIL, en la página de internet aparecerá una pantalla con sus datos personales y luego otra en la que le solicitarán un número de teléfono y una dirección de e-mail, si es que la posee. Luego, si no tiene clave fiscal, le solicitarán que ingrese una. La clave fiscal es un código alfanumérico de identificación que la Anses exige tengan los trabajadores que deseen realizar algún trámite por internet. Si no tiene la clave, deberá ingresar un código alfanumérico a su elección. Procure que sea un término que pueda recordar con facilidad o anótelo y guárdelo en un lugar seguro, porque será su identificación para realizar trámites futuros en la Anses. Por ejemplo, le servirá para chequear, en enero, si se concretó el traspaso al Estado.
4- Una vez completados los pasos en internet, aparecerá el formulario con todos sus datos y con su ratificación de que desea pasar de su AFJP al Estado. El formulario ya aparecerá por triplicado, por lo que con sólo mandar a imprimir lo que está en pantalla ya tendrá los tres papeles con los que deberá ir al correo. Recuerde que debe verificar si los datos son correctos y que la computadora en la que haga el trámite cuente con impresora. De lo contrario, todo el trámite que realizó en internet habrá sido en vano.
5- El último paso para concretar el traspaso es presentar los papeles en las sucursales del Correo Central y de OCA habilitadas. En este punto, es importantísimo tener en cuenta algunas cuestiones. La primera es que el trámite es personal: un tercero no podrá presentar por usted el formulario, ya que tiene el estatus de Carta Documento y deben ser firmado de puño y letra ante el empleado postal. Otra cuestión importante es que debe concurrir al Correo con el DNI y con una copia de la primera y de la segunda copia de ese documento. Por último, tenga en cuenta que, en el caso del Correo Argentino, recibirá los formularios sólo de 8 a 9.
La operatoria estará vigente hasta el 31 de diciembre. El plazo es amplio, por lo que es posible hacer el trámite con tiempo y evitar largas colas o esperas innecesarias.
Cómo ejercer la opción
El trabajador debe ingresar a www.opcionjubilatoria.gov.ar. En la pantalla aparecerá la página en la que comenzará el trámite de traspaso de sistema jubilatorio. Si no tiene cómo acceder a internet, en la Anses, a partir de las 13, con la ayuda de técnicos del organismo es posible realizar el trámite.Una vez completado los requisitos que exige la Anses en www.opcionjubilatoria.gov.ar, aparecerá el formulario con todos sus datos para realizar el traspaso. Se debe imprimir el papel, que ya sale por triplicado para ser presentado en las sedes postales que estableció el organismo nacional.
Por último, hay que llevar las tres hojas del formulario a alguna de las sedes del Correo Argentino o de Oca. Allí, un oficial postal recibirá dos copias, las sellará y le dará la tercera al trabajador de comprobante. En Tucumán el Correo recibirá sólo de 8 a 9 los formularios.
NUEVAS REGLAS DEL JUEGO
¿Qué debo hacer si ingresé ahora al mercado laboral? Desde este mes, quienes entren por primera vez al sistema laboral tendrán 90 días para optar entre el sistema de reparto y una AFJP. Si en ese plazo no hay decisión, pasan automáticamente al Estado.
¿Hay límite de edad para acceder a la opción?
Sí. Pero sólo por esta única vez, podrán pasar de una AFJP al Estado todos los trabajadores, sin límite de edad. No podrán hacerlo, dentro de cinco años, las mujeres que tengan 50 años y los hombres de 55.
¿Qué pasará con mis fondos de la AFJP?
Si se opta por pasar al sistema de reparto, al momento de la jubilación se computará para el haber los aportes realizados a las AFJP y el Estado. Ambos sumarán para el monto del beneficio.
¿Cuándo comenzarán a regir los cambios?
El traspaso se concretará luego de que todos los interesados realicen los trámites pertinentes, en enero de 2008. Para esa fecha estará unificado el monto de aporte y el sistema de seguros.
¿Qué pasa si mis aportes son insuficientes?
El Estado implementó un sistema de rescate para que aquellos que tengan hasta $ 20.000 en sus cuentas de AFJP y les falten menos de 10 años para jubilarse pasen farantizarles una pensión.
¿Qué pasa si no ejecuto el traspaso en ese lapso?
La ley de reforma previsional establece que cada cinco años se abrirá, por 180 días, un nuevo período de traspaso entre uno y otro sistema. Si no realiza cambio alguno, seguirá donde está ahora.
¿Es obligatorio realizar el traspaso?
No. Los que deseen continuar en su AFJP no deben realizar ningún tipo de trámite ni ratificar esa decisión. Con la simple inacción, continuarán en la AFJP a la que están afiliados ahora.
¿Pueden forzarme a optar por uno u otro sistema?
No. La opción es libre y ni el empleador ni ningún agente puede obligarlo a elegir. No interesa si todos sus compañeros de trabajo deciden por uno u otro sistema o si se lo pide su jefe.
¿Cambia el nivel de aportes para la jubilación?
Sí. También a partir de enero, todos los trabajadores comenzarán a aportar para su jubilación el 11% de su sueldo. Actualmente, se descuenta para la pensión por reitro el 7% del salario.
LA GACETA recibirá consultas o dudas sobre el nuevo sistema previsonal al e-mail jubilacion@lagaceta.com.ar.







