11 Abril 2007 Seguir en 
A partir de mañana, los trabajadores interesados en pasar del sistema de capitalización (el de las AFJP) al de reparto (la jubilación del Estado) podrán hacerlo realizando un trámite que, en un principio, es simple y rápido. Tendrán tiempo de hacerlo hasta el próximo 31 de diciembre y la opción es libre y no obligatoria: los que deseen continuar en el sistema que están actualmente no deben realizar ningún trámite.
Por ejemplo, si un trabajador está afiliado a una AFJP y pretende continuar depositando sus aportes previsionales en ella, con su sola inacción deja todo como hasta ahora.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) publicó ayer en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de reforma previsional (Nº 26.222) y estableció los pasos que deben seguir los trabajadores para pasar al sistema de reparto. Son tres:
1- El trabajador debe entrar desde cualquier computadora con acceso a internet (personal, locutorio, etcétera) a la dirección de la Anses www.opcionjubilatoria.gov.ar. Ingresa allí su CUIL o su CUIT y aparecerá en la pantalla sus datos personales que registra la Anses. En caso de ser erróneos o de tener que efectuar cambios (de domicilio, por ejemplo) podrán ser corregidos en el momento. Si no cuenta con acceso a internet, el interesado podrá retirar el formulario en las sedes gremiales, en oficinas municipales, en dependencias de algunas ONG y en las sucursales de las AFJP, de la AFIP o de la Anses. El Correo Argentino no expenderá los formularios, sólo los recibirá.
2- Una vez completado el formulario, debe imprimir tres copias y dirigirse a la sucursal del Correo Argentino más cercana con documento de identidad y fotocopias de la 1a y de la 2a hoja del DNI. El empleado postal recibe la documentación, hace firmar al trabajador dos formularios en su presencia -los que tendrán la validez de Carta Documento- y le entrega el restante al interesado, sellado por el Correo, lo que le servirá de comprobante. El trámite finaliza allí para el trabajador.
3- El Correo envía a ANSES los formularios de pedido de traspaso a reparto y a través de los códigos de barra dispuestos en los papeles predeterminados, que fueron elaborados por la Anses, la carga de la opción se automatiza. Allí queda finalizado el traspaso y el trabajador es considerado aportante al sistema de reparto. Sin embargo, sus fondos comenzarán a depositarse efectivamente en las arcas de la Anses en enero de 2008, una vez que finalice el plazo establecido para que se realicen los traspasos.
•Desde la sede central de la Anses en Buenos Aires le aclararon a LA GACETA que los trabajadores que deseen pasar al sistema estatal no deben realizar ningún tipo de trámite en esa repartición. También aclararon que el envío del formulario por el Correo Argentino será totalmente gratuito.
•Otro dato fundamental es que quienes quieran pasar del sistema de reparto al de capitalización, deben realizar un trámite distinto. Tendrán que dirigirse a la sede de la AFJP a la que deseen pasar, explicitarles a ellos su intención de afiliarse y allí se realizará la operación de traspaso.
•Desde la Anses también recordaron que esta será la única chance de pasar al sistema estatal para los hombres que tengan 50 años y para las mujeres de 45 o más. Esto porque, por única vez, el Poder Ejecutivo Nacional, habilitó que a quienes le falten menos de 10 años para jubilarse puedan efectuar el traspaso. Dentro de cinco años, cuando se abra otro período de traspaso, a quienes les falten 10 años o menos para retirarse del mercado laboral ya no podrán optar por la jubilación del Estado.
1- ¿Qué pasa con los nuevos trabajadores? Los que trabajan por primera vez, si no optan por ningún sistema en 90 días, pasan directamente a reparto.
2- ¿Hay edad límite para los traspasos? Sí. Pero, por única vez, todos los trabajadores podrán optar en esta ocasión por el sistema de reparto.
3- ¿Cuándo entrará en vigencia el traspaso? Mañana. Desde ese día y hasta el 31 de diciembre se podrá realizar la libre opción jubilatoria.
4- ¿Habrá otra chance para traspasarse? La ley de reforma previsional dice que cada cinco años se abrirá, por 180 días, un nuevo período de traspaso.
5- ¿Dónde podré realizar el trámite? En las sedes de la Anses y de la AFIP o por internet (www.opcion jubilatoria.gov.ar) hay que solicitar el formulario.
6- ¿Cuándo comenzarán a regir los cambios?
El traspaso se concretará en enero de 2008, una vez vencido el plazo para los traspasos.
7- ¿Qué pasará con los aportes realizados? Si se opta por volver al reparto, al jubilarse se cobrará de la AFJP un proporcional a los aportes efectuados.
8- ¿Es obligatorio realizar el traspaso? No. Los que deseen continuar en su AFJP no deben realizar ningún tipo de trámite.
Por ejemplo, si un trabajador está afiliado a una AFJP y pretende continuar depositando sus aportes previsionales en ella, con su sola inacción deja todo como hasta ahora.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) publicó ayer en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de reforma previsional (Nº 26.222) y estableció los pasos que deben seguir los trabajadores para pasar al sistema de reparto. Son tres:
1- El trabajador debe entrar desde cualquier computadora con acceso a internet (personal, locutorio, etcétera) a la dirección de la Anses www.opcionjubilatoria.gov.ar. Ingresa allí su CUIL o su CUIT y aparecerá en la pantalla sus datos personales que registra la Anses. En caso de ser erróneos o de tener que efectuar cambios (de domicilio, por ejemplo) podrán ser corregidos en el momento. Si no cuenta con acceso a internet, el interesado podrá retirar el formulario en las sedes gremiales, en oficinas municipales, en dependencias de algunas ONG y en las sucursales de las AFJP, de la AFIP o de la Anses. El Correo Argentino no expenderá los formularios, sólo los recibirá.
2- Una vez completado el formulario, debe imprimir tres copias y dirigirse a la sucursal del Correo Argentino más cercana con documento de identidad y fotocopias de la 1a y de la 2a hoja del DNI. El empleado postal recibe la documentación, hace firmar al trabajador dos formularios en su presencia -los que tendrán la validez de Carta Documento- y le entrega el restante al interesado, sellado por el Correo, lo que le servirá de comprobante. El trámite finaliza allí para el trabajador.
3- El Correo envía a ANSES los formularios de pedido de traspaso a reparto y a través de los códigos de barra dispuestos en los papeles predeterminados, que fueron elaborados por la Anses, la carga de la opción se automatiza. Allí queda finalizado el traspaso y el trabajador es considerado aportante al sistema de reparto. Sin embargo, sus fondos comenzarán a depositarse efectivamente en las arcas de la Anses en enero de 2008, una vez que finalice el plazo establecido para que se realicen los traspasos.
•Desde la sede central de la Anses en Buenos Aires le aclararon a LA GACETA que los trabajadores que deseen pasar al sistema estatal no deben realizar ningún tipo de trámite en esa repartición. También aclararon que el envío del formulario por el Correo Argentino será totalmente gratuito.
•Otro dato fundamental es que quienes quieran pasar del sistema de reparto al de capitalización, deben realizar un trámite distinto. Tendrán que dirigirse a la sede de la AFJP a la que deseen pasar, explicitarles a ellos su intención de afiliarse y allí se realizará la operación de traspaso.
•Desde la Anses también recordaron que esta será la única chance de pasar al sistema estatal para los hombres que tengan 50 años y para las mujeres de 45 o más. Esto porque, por única vez, el Poder Ejecutivo Nacional, habilitó que a quienes le falten menos de 10 años para jubilarse puedan efectuar el traspaso. Dentro de cinco años, cuando se abra otro período de traspaso, a quienes les falten 10 años o menos para retirarse del mercado laboral ya no podrán optar por la jubilación del Estado.
Detalles del sistema
1- ¿Qué pasa con los nuevos trabajadores? Los que trabajan por primera vez, si no optan por ningún sistema en 90 días, pasan directamente a reparto.
2- ¿Hay edad límite para los traspasos? Sí. Pero, por única vez, todos los trabajadores podrán optar en esta ocasión por el sistema de reparto.
3- ¿Cuándo entrará en vigencia el traspaso? Mañana. Desde ese día y hasta el 31 de diciembre se podrá realizar la libre opción jubilatoria.
4- ¿Habrá otra chance para traspasarse? La ley de reforma previsional dice que cada cinco años se abrirá, por 180 días, un nuevo período de traspaso.
5- ¿Dónde podré realizar el trámite? En las sedes de la Anses y de la AFIP o por internet (www.opcion jubilatoria.gov.ar) hay que solicitar el formulario.
6- ¿Cuándo comenzarán a regir los cambios?
El traspaso se concretará en enero de 2008, una vez vencido el plazo para los traspasos.
7- ¿Qué pasará con los aportes realizados? Si se opta por volver al reparto, al jubilarse se cobrará de la AFJP un proporcional a los aportes efectuados.
8- ¿Es obligatorio realizar el traspaso? No. Los que deseen continuar en su AFJP no deben realizar ningún tipo de trámite.







