El traspaso al sistema estatal no es obligatorio

Los afiliados a las AFJP no tienen que realizar ningún trámite si deciden continuar aportando al sistema de capitalización. Pasado mañana se abre el período para optar por la jubilación del Estado. Lo que deben hacer los trabajadores en actividad.

EN SU SEDE. Los trabajadores que deseen cambiar de sistema jubilatorio deberán solicitar un formulario en la Anses y luego enviarlo por correo. LA GACETA / JOSE NUNO
EN SU SEDE. Los trabajadores que deseen cambiar de sistema jubilatorio deberán solicitar un formulario en la Anses y luego enviarlo por correo. LA GACETA / JOSE NUNO
10 Abril 2007
A partir de pasado mañana, unos 15 millones de trabajadores de todo el país podrán optar por pasar al sistema de reparto. Ese día se pondrá en marcha la reforma previsional que otorga libertad de elección entre el sistema de capitalización y la jubilación del Estado. Si bien los traspasos estarán habilitados para todos, no es obligatorio que los trabajadores se pasen al sistema de reparto: los que deseen continuar afiliados a una AFJP no tendrán que realizar ningún trámite. Con su omisión a la opción de traspaso hasta el 31 de diciembre -plazo establecido para realizar el cambio- se dará por entendida su decisión de continuar en el sistema de capitalización.
• Los afiliados que decidan continuar en el sistema de capitalización, podrán realizar los cambios que deseen, como es ahora, de una AFJP a otra.
• Los únicos que deberán explicitar su deseo de continuar en una AFJP son los hombres de 55 años y las mujeres de 50 o más que tengan menos de $ 20.000 en sus cuentas de capitalización. Esos trabajadores, según marca la reforma previsional, serán traspasados automáticamente al Estado como una forma de garantizarles el acceso a una jubilación mínima. Por eso, quienes revistan esta condición e igual deseen continuar en una AFJP deberán comunicar su decisión expresamente ante la Anses.
• Los trabajadores que opten por pasar al Estado, mantendrán los aportes ya efectuados en la AFJP. Posteriormente, cuando llegue el momento de jubilarse, sesos aportes se computarán con los que hizo al Estado y de allí saldrá el valor de lo que percibirá mensualmente.
• Los interesados en pasar al sistema de reparto deberán llenar un formulario, al que podrán acceder vía internet (www.opcionjubilatoria.gov.ar) o solicitándolo en las delegaciones de la Anses y de la AFIP o en las sedes municipales y del Correo Argentino. Una vez completado, el formulario debe ser enviado vía correo postal. El trámite será gratuito.
• Hasta el 31 de diciembre estará vigente la operación de traspaso. Dentro de cinco años volverá a abrirse, por otros 180 días, un nuevo período de opción.
Detalles del sistema

1- ¿Qué pasa con los nuevos trabajadores? Los que trabajan por primera vez, si no optan por ningún sistema en 90 días, pasan directamente al reparto.

2- ¿Hay edad límite para los traspasos? Sí. Pero, por única vez, todos los trabajadores podrán optar en esta ocasión por el sistema de reparto.

3- ¿Cuándo entrará en vigencia el traspaso? El jueves. Desde ese día y hasta el 31 de diciembre se podrá realizar la libre opción jubilatoria.

4- ¿Habrá otra chance para traspasarse? La ley de reforma previsional dice que cada cinco años se abrirá, por 180 días, un nuevo período de traspaso.

5- ¿Dónde podré realizar el trámite? En las diferentes sedes de la Anses y de la AFIP o por internet (www.opcion jubilatoria.gov.ar).

6- ¿Cuándo comenzarán a regir los cambios? El traspaso se concretará en enero de 2008, una vez vencido el plazo para los traspasos.

7- ¿Qué pasará con los aportes realizados? Sí se opta por volver al reparto, al jubilarse se cobrará de la AFJP un proporcional a los aportes efectuados.

8- ¿Qué será más conveniente? Según los expertos, a quienes tienen ingresos altos les convendría seguir en una AFJP y al resto, ingresar al de reparto.

9- ¿Quiénes serán los más beneficiados? Los que perciben el sueldo mínimo, ya que, con el Estado se garantizan el acceso a una jubilación.
Las nuevas reglas de juego

Los que ingresen a partir de ahora al mercado laboral y en 90 días no expliciten si desean afiliarse a alguna AFJP o inscribirse en el sistema de reparto, serán directamente incluidos en este último. Hasta antes de la reforma, los indecisos eran inscriptos en la AFJP que cobraba la menor comisión.

Los trabajadores tendran ahora la libertad de elegir entre los sistemas de reparto y de capitalización. Hasta ahora, los que ingresaban al mercado laboral debían sí o sí inscribirse en el sistema de capitalización y sólo podían optar entre una AFJP y otra. Ahora podrán elegir por la jubilación estatal. Además, los que optaron por uno u otro sistema tendrán, cada cinco años, 180 días para decidir si sus aportes previsionales siguen donde están o si realizan un nuevo traspaso a capitalización o a reparto.

Habrá que aportar más dinero del salario para la jubilación. Las AFJP aplicaban un descuento del 7% sobre el salario para los aportes previsionales. En el sistema de reparto, el descuento es del 11%. Desde enero de 2008, todos los trabajadores, estén en uno o en otro sistema, aportarán el 11% del salario para la jubilación futura.

El tope de calculo del aporte previsional también se modifica. Actualmente, el porcentaje se calcula en salarios de hasta $ 4.800. A partir de la reforma, el tope se elevó a $ 6.000. Es decir que los que tienen salarios superiores a estas cifras ahora deberán aportar más para su retiro.

Otra modificacion es que el Estado aumentó el Beneficio por Permanencia de 0,85% a 1,5% por año, por lo que los trabajadores con un gran caudal de aportes percibirán un renta mayor al momento de jubilarse. Por este cambio, unos 350.000 jubilados también cobrarán unos $ 30 más por mes.

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