06 Abril 2007 Seguir en 
Junto a la reglamentación de la nueva ley previsional, el Gobierno nacional también contempló un beneficio para un grupo de trabajadores que ya no están en actividad.
La opción de traspaso sólo estará disponible para los activos, pero los jubilados también están alcanzados por parte de la reforma. Se trata del aumento en el cálculo del haber jubilatorio correspondiente a la Prestación Adicional por Permanencia (PAP). Esta prestación (una porción de la jubilación) corresponde a los aportes previsionales posteriores a la reforma de mediados de 1994 y la cobran alrededor de 230.000 pasivos, según datos extraoficiales.
A partir del 1 de julio de 2007 se computará el 1,5% por año trabajado del promedio salarial de los últimos 10 años de aportes del jubilado. Hasta ahora, el cálculo era de 0,85% tanto para los que se retiren luego de esa fecha como para los jubilados actuales por el Estado, o por una AFJP, que tengan algunos aportes al reparto. El incremento depende en cada caso: para un salario de $ 1.000, el haber subirá $ 8,50 por cada año aportado al sistema público luego de julio de 1994.
En promedio, según estimaciones de la propia Anses, cada uno de los 230.000 jubilados en esta situación cobrarán unos $ 30 más por mes desde julio próximo.
Más aportes
Por otra parte, según marca la nueva legislación, desde este mes, los que tengan salarios superiores a $ 4.800 aportarán más para su jubilación, ya que el tope se incrementan a $ 6.000.
En el decreto se unifica el aporte jubilatorio al sistema público y al privado en 11% a partir de enero de 2008. Pero aquellos que ingresen luego del 28 de mayo próximo ya aportarán el 11%, cualquiera sea su opción. Además, desde abril empieza a regir el tope de uno por ciento del sueldo bruto en las comisiones de las AFJP. Sin embargo, los trabajadores afiliados a este sistema no verán demasiadas modificaciones por ahora. Hasta el momento, la comisión promedio era de 1,12%, a lo cual se le suma el costo del seguro por invalidez y muerte (1,42%). Este último se financiará con un fondo mutual desde enero de 2008, pero hasta diciembre de 2007 se seguirá descontando del aporte mensual.
1- ¿Qué debo hacer si ingresé ahora al mercado laboral?
Desde este mes, quienes entren por primera vez al sistema laboral tendrán 90 días para optar entre el sistema de reparto y una AFJP. Si en ese plazo no hay decisión, pasa automáticamente al Estado.
2- ¿Desde cuándo puedo optar por uno u otro sistema?
Desde el próximo jueves, y durante 180 días hábiles (el 31 de diciembre es la fecha límite), los trabajadores podrán optar por permanecer en una AFJP o pasarse al sistema de reparto.
3- ¿Qué pasa si no ejecuto el traspaso en ese lapso?
La ley de reforma previsional establece que cada cinco años se abrirá, por 180 días, un nuevo período de traspaso entre uno y otro sistema. Si no realiza cambio alguno, seguirá donde está ahora.
4- ¿Hay límite de edad para acceder a la opción?
Sí. Pero sólo por esta única vez, podrán pasar de una AFJP al Estado todos los trabajadores, sin límite de edad. No podrán hacerlo, dentro de cinco años, las mujeres que tengan 50 años y los hombres de 55.
5- ¿Dónde podré realizar el trámite?
Los traspasos podrán realizarse en las diferentes sedes de la Anses y de la AFIP, por internet (www.opcion jubilatoria.gov.ar), en las depedencias del Correo Argentino y en las municipalidades.
6- ¿Qué pasará con mis fondos de la AFJP?
Si se opta por pasar al sistema de reparto, al momento de la jubilación se computará para el haber los aportes realizados a las AFJP y el Estado. Ambos sumarán para el monto del beneficio.
7- ¿Cuándo comenzarán a regir los cambios?
El traspaso se concretará luego de que todos los interesados realicen los trámites pertinentes, en enero de 2008. Para esa fecha estará unificado el monto de aporte y el sistema de seguros.
8- ¿Cambia el nivel de aportes para la jubilación?
Sí. También a partir de enero, todos los trabajadores comenzarán a aportar para su jubilación el 11% de su sueldo. Actualmente, se descuenta para la pensión por reitro el 7% del salario.
9- ¿Qué pasa si mis aportes son insuficientes?
El Estado implementó un sistema de rescate para que aquellos que tengan hasta $ 20.000 en sus cuentas de AFJP y les falten menos de 10 años para jubilarse pasen farantizarles una pensión.
10- ¿Qué otros cambios se implementaron?
El tope salarial para calcular el descuento para los aportes previsionales también sube. A partir de ahora, se calculará con un tope de $ 6.000, cuando antes el máximo era $ 4.800.
La opción de traspaso sólo estará disponible para los activos, pero los jubilados también están alcanzados por parte de la reforma. Se trata del aumento en el cálculo del haber jubilatorio correspondiente a la Prestación Adicional por Permanencia (PAP). Esta prestación (una porción de la jubilación) corresponde a los aportes previsionales posteriores a la reforma de mediados de 1994 y la cobran alrededor de 230.000 pasivos, según datos extraoficiales.
A partir del 1 de julio de 2007 se computará el 1,5% por año trabajado del promedio salarial de los últimos 10 años de aportes del jubilado. Hasta ahora, el cálculo era de 0,85% tanto para los que se retiren luego de esa fecha como para los jubilados actuales por el Estado, o por una AFJP, que tengan algunos aportes al reparto. El incremento depende en cada caso: para un salario de $ 1.000, el haber subirá $ 8,50 por cada año aportado al sistema público luego de julio de 1994.
En promedio, según estimaciones de la propia Anses, cada uno de los 230.000 jubilados en esta situación cobrarán unos $ 30 más por mes desde julio próximo.
Más aportes
Por otra parte, según marca la nueva legislación, desde este mes, los que tengan salarios superiores a $ 4.800 aportarán más para su jubilación, ya que el tope se incrementan a $ 6.000.
En el decreto se unifica el aporte jubilatorio al sistema público y al privado en 11% a partir de enero de 2008. Pero aquellos que ingresen luego del 28 de mayo próximo ya aportarán el 11%, cualquiera sea su opción. Además, desde abril empieza a regir el tope de uno por ciento del sueldo bruto en las comisiones de las AFJP. Sin embargo, los trabajadores afiliados a este sistema no verán demasiadas modificaciones por ahora. Hasta el momento, la comisión promedio era de 1,12%, a lo cual se le suma el costo del seguro por invalidez y muerte (1,42%). Este último se financiará con un fondo mutual desde enero de 2008, pero hasta diciembre de 2007 se seguirá descontando del aporte mensual.
El nuevo sistema en marcha
1- ¿Qué debo hacer si ingresé ahora al mercado laboral?
Desde este mes, quienes entren por primera vez al sistema laboral tendrán 90 días para optar entre el sistema de reparto y una AFJP. Si en ese plazo no hay decisión, pasa automáticamente al Estado.
2- ¿Desde cuándo puedo optar por uno u otro sistema?
Desde el próximo jueves, y durante 180 días hábiles (el 31 de diciembre es la fecha límite), los trabajadores podrán optar por permanecer en una AFJP o pasarse al sistema de reparto.
3- ¿Qué pasa si no ejecuto el traspaso en ese lapso?
La ley de reforma previsional establece que cada cinco años se abrirá, por 180 días, un nuevo período de traspaso entre uno y otro sistema. Si no realiza cambio alguno, seguirá donde está ahora.
4- ¿Hay límite de edad para acceder a la opción?
Sí. Pero sólo por esta única vez, podrán pasar de una AFJP al Estado todos los trabajadores, sin límite de edad. No podrán hacerlo, dentro de cinco años, las mujeres que tengan 50 años y los hombres de 55.
5- ¿Dónde podré realizar el trámite?
Los traspasos podrán realizarse en las diferentes sedes de la Anses y de la AFIP, por internet (www.opcion jubilatoria.gov.ar), en las depedencias del Correo Argentino y en las municipalidades.
6- ¿Qué pasará con mis fondos de la AFJP?
Si se opta por pasar al sistema de reparto, al momento de la jubilación se computará para el haber los aportes realizados a las AFJP y el Estado. Ambos sumarán para el monto del beneficio.
7- ¿Cuándo comenzarán a regir los cambios?
El traspaso se concretará luego de que todos los interesados realicen los trámites pertinentes, en enero de 2008. Para esa fecha estará unificado el monto de aporte y el sistema de seguros.
8- ¿Cambia el nivel de aportes para la jubilación?
Sí. También a partir de enero, todos los trabajadores comenzarán a aportar para su jubilación el 11% de su sueldo. Actualmente, se descuenta para la pensión por reitro el 7% del salario.
9- ¿Qué pasa si mis aportes son insuficientes?
El Estado implementó un sistema de rescate para que aquellos que tengan hasta $ 20.000 en sus cuentas de AFJP y les falten menos de 10 años para jubilarse pasen farantizarles una pensión.
10- ¿Qué otros cambios se implementaron?
El tope salarial para calcular el descuento para los aportes previsionales también sube. A partir de ahora, se calculará con un tope de $ 6.000, cuando antes el máximo era $ 4.800.
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