04 Abril 2007 Seguir en 
LA LIBRE OPCION JUBILATORIA para traspasarse desde el sistema de capitalización al de reparto estará vigente desde el jueves 12 de este mes hasta el 31 de diciembre, aunque se hará efectiva a partir del 1 de enero de 2008. Así lo establece el decreto 313, publicado ayer en el Boletín Oficial de la Nación. Se calcula que 15 millones de argentinos están en condiciones de ejercer la opción jubilatoria.
EL DECRETO REGLAMENTARIO de la Ley 26.222 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) establece que, por única vez, se permitirá cambiar de régimen previsional a los trabajadores que hayan cumplido los 55 años en el caso de los hombres y los 50 años si son mujeres.
A PARTIR DEL 1 DE ENERO de 2008, el descuento jubilatorio será del 11% en los dos sistemas (capitalización y reparto) hasta un sueldo de $ 6.000. Actualmente es del 7% en el régimen de capitalización.
PARA REALIZAR EL CAMBIO se deberá completar y firmar un formulario que se podrá obtener a través de internet o retirarlo del Correo Argentino, de los municipios, delegaciones de la Anses o de la AFIP.
EL TRASPASO se concretará a partir del 1 de enero próximo y el afiliado permanecerá por un período de cinco años, cuando podrá volver a ejercer la opción.
LOS APORTES DE LOS INDECISOS que no elijan el sistema jubilatorio dentro de un plazo de 90 días, serán traspasados al régimen de reparto (estatal).
DESDE EL 1 DE ABRIL, los beneficiarios del sistema integrado de jubilaciones y pensiones, cuya Prestación Adicional por Permanencia haya sido determinado computando el 0,85% por cada año de servicio con aportes realizados al régimen público, tendrán derecho al recálculo de dicho beneficio.
EN EL CASO DE QUE HAYA aportes en los dos sistemas, se acumularán prestaciones complementarias y se liquidarán jubilaciones mixtas, donde se computarán los ahorros previsionales en capitalización y los ahorros previsionales en el sistema público.
EL COSTO DE ADMINISTRACION del sistema de capitalización en las AFJP no será superior al 1% del salario. (DyN-NA-Télam)
EL DECRETO REGLAMENTARIO de la Ley 26.222 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) establece que, por única vez, se permitirá cambiar de régimen previsional a los trabajadores que hayan cumplido los 55 años en el caso de los hombres y los 50 años si son mujeres.
A PARTIR DEL 1 DE ENERO de 2008, el descuento jubilatorio será del 11% en los dos sistemas (capitalización y reparto) hasta un sueldo de $ 6.000. Actualmente es del 7% en el régimen de capitalización.
PARA REALIZAR EL CAMBIO se deberá completar y firmar un formulario que se podrá obtener a través de internet o retirarlo del Correo Argentino, de los municipios, delegaciones de la Anses o de la AFIP.
EL TRASPASO se concretará a partir del 1 de enero próximo y el afiliado permanecerá por un período de cinco años, cuando podrá volver a ejercer la opción.
LOS APORTES DE LOS INDECISOS que no elijan el sistema jubilatorio dentro de un plazo de 90 días, serán traspasados al régimen de reparto (estatal).
DESDE EL 1 DE ABRIL, los beneficiarios del sistema integrado de jubilaciones y pensiones, cuya Prestación Adicional por Permanencia haya sido determinado computando el 0,85% por cada año de servicio con aportes realizados al régimen público, tendrán derecho al recálculo de dicho beneficio.
EN EL CASO DE QUE HAYA aportes en los dos sistemas, se acumularán prestaciones complementarias y se liquidarán jubilaciones mixtas, donde se computarán los ahorros previsionales en capitalización y los ahorros previsionales en el sistema público.
EL COSTO DE ADMINISTRACION del sistema de capitalización en las AFJP no será superior al 1% del salario. (DyN-NA-Télam)
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