Resumen para apurados
- El Gobierno nacional postergó al 1 de diciembre el inicio de los Fondos de Asistencia Laboral para indemnizaciones por despidos debido a demoras y ajustes técnicos en los sistemas.
- El esquema fijado por la Ley de Modernización Laboral ya había sido aplazado en junio. La nueva norma además duplicó de 6 a 12 meses los aportes previos requeridos a las empresas.
- La medida busca garantizar la solidez financiera de los fondos administrados en el mercado de capitales antes de que los empleadores privados puedan financiar futuros despidos.
El gobierno de Javier Milei volvió a aplazar la puesta en marcha de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados para financiar las indemnizaciones en caso de despidos, obligación que está a cargo de los empleadores.
El régimen, que debía comenzar a funcionar el 1 de noviembre, entrará en vigencia el 1 de diciembre, según estableció el Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La norma también modificó las condiciones para acceder a los recursos: el período mínimo de aportes previo a su utilización pasó de seis a 12 meses. De esta manera, los empleadores deberán acumular contribuciones durante un año antes de poder utilizar el dinero para afrontar las obligaciones previstas, consignó el diario "La Nación".
Se trata de una nueva prórroga del sistema establecido por la Ley de Modernización Laboral. La fecha original de inicio era el 1 de junio, pero el Ejecutivo ya había trasladado su entrada en vigencia al 1 de noviembre. Con la nueva postergación, el gobierno libertario fijó el comienzo para diciembre, dentro del plazo máximo de seis meses de aplazamiento autorizado por la ley.
Los motivos de la postergación
Entre los fundamentos del decreto, la administración libertaria señaló que todavía deben realizarse ajustes en los procedimientos y en los sistemas informáticos necesarios para administrar los fondos. También consideró necesario completar pruebas que permitan detectar y corregir posibles errores, inconsistencias o demoras antes de la implementación del régimen.
El pedido de más tiempo fue canalizado a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV) por las cámaras que representan a los fondos comunes de inversión, los fideicomisos y los agentes de bolsa. Las entidades solicitaron tanto la postergación del inicio como una ampliación del período inicial de acumulación de recursos.
Este último planteo también fue incorporado en el decreto. El plazo de carencia, durante el cual deben acumularse las contribuciones antes de que los fondos puedan atender las obligaciones laborales, se extendió de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos.
El cómputo comenzará en el mes en que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre el ingreso efectivo de la primera contribución del empleador.
Según el Gobierno, el plazo anterior resultaba insuficiente para reunir los recursos necesarios durante la etapa inicial. Con la ampliación, busca que los fondos dispongan de una base de dinero que les permita responder a las obligaciones previstas y preservar su estabilidad.
Cómo funcionarán los fondos
Los FAL se instrumentarán mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros, bajo la supervisión de la CNV. Su funcionamiento requerirá la coordinación del Ministerio de Economía, la Secretaría de Trabajo, ARCA y entidades del mercado de capitales, además de proveedores de servicios tecnológicos y operativos.
El régimen alcanzará a los empleadores del sector privado, con las excepciones previstas en la Ley de Modernización Laboral. Quedarán excluidas las relaciones laborales del sector público nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal.







