Varios municipios “cuelgan” sus tasas en las boletas de la luz

Varios municipios “cuelgan” sus tasas en las boletas de la luz

En Yerba Buena los vecinos pueden reducir el pago del CISI si presentan la factura. Las papeletas incluyen montos en concepto de tributos e impuestos que el usuario, muchas veces, desconoce. Porcentajes.

YERBA BUENA. La factura contiene las ordenanzas 925 y 926, de 1998.  YERBA BUENA. La factura contiene las ordenanzas 925 y 926, de 1998.
10 Enero 2018

¿Qué se cobra en la boleta de la luz? Existen algunos ítems dentro de la boleta que corresponden a tasas municipales e impuestos (nacionales o provinciales). Algunos son montos fijos y otros son porcentuales, según el nivel de consumo. El sentido que tiene es garantizar la regularidad del cobro de la tasa municipal, por eso se lo integra en la boleta de la luz.

A principios de enero, en Lules, los concejales aprobaron la incorporación de una suma porcentual para cubrir el gasto de alumbrado público. La novedad es que el monto fijo (que era de $120) dejará de serlo. Ahora es un 18% sobre el consumo. Esto generó molestias entre algunos vecinos, que consideraron como excesivo el pago que impactará en marzo. Carlos Gallia, intendente luleño, explicó que la ordenanza servirá para actualizar de forma automática el costo del servicio.

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Lules no es el único municipio que cobra un extra en concepto de tasas municipales. Yerba Buena y la Capital, también.

Yerba Buena

En el caso de este municipio, la columna de la boleta que corresponde a “Impuestos y tasas” contiene dos ordenanzas municipales: 925/98 y 926/98. Esas son las que comprenden a las tasas de alumbrado, barrido, limpieza y otros servicios que brinda el municipio.

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“La ordenanza 925 es una contribución que incide en el suministro de energía y es un monto porcentual”, explicó Hernán Ganen, subdirector de Rentas municipal de Yerba Buena. El porcentaje está establecido en otra ordenanza (N° 2026) y varía según lo que cada usuario consume de energía.

“Si no supera los $ 1.000, la percepción es del 10%; si es hasta $ 2.000 se deberá percibir $ 100, más un 5% sobre el excedente; si es más de $ 2.000 y hasta $ 5.000, la percepción será de $ 150 más un 2,5% sobre el importe que excede los $ 2.000; y si supera los $ 5.000 se debe percibir $225 más un 1% sobre el monto que supera los $ 5.000”, reza ese fragmento de la normativa.

Por otra parte, la ordenanza 926 establece un cobro “a cuenta” en concepto de Contribuciones que inciden sobre los Inmuebles (CISI). Son otros servicios que presta el municipio: barrido, recolección de residuos y mantenimiento de espacios verdes. “El monto es fijo, pero varía sergún el consumo”, detalló Ganen. El cuadro tarifario sigue vigente desde 1998, así que los montos van desde $3 a $30.

“Es poco para cubrir los costos y ya venimos analizando desde la Municipalidad una actualización”, reconoció Ganen.

Un dato importante es que al momento de pagar el CISI, el vecino debe acudir con las boletas de luz para que se le descuenten todos los pagos a cuenta que ha venido haciendo y, así, se reduzca el monto de la contribución municipal.

Capital

Los usuarios de la capital tienen en sus boletas un ítem que refiere a la ordenanza 4.848, que regula las tarifas de los tributos y contribuciones que se pagan en San Miguel de Tucumán.

En el caso del Alumbrado público, el monto es de un 10%, pero aclara que no puede superar la suma mensual de $ 1.100.

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