Jujuy: Milagro Sala va a juicio oral por amenazas

Jujuy: Milagro Sala va a juicio oral por amenazas

La dirigente social será juzgada por un escrache al gobernador Morales, en una causa que estaba prescripta, pero se reabrió.

Jujuy: Milagro Sala va a juicio oral por amenazas
04 Octubre 2016
JUJUY.- La Cámara Federal de Casación Penal mandó a juicio oral y público a la líder de la agrupación social Tupac Amaru, Milagro Sala, en una causa en la que está acusada por "amenazas" contra el ex senador y hoy gobernador jujeño, Gerardo Morales.

La causa había sido declarada "prescripta" en mayo pasado por un tribunal jujeño, pero la Sala Cuarta del máximo tribunal penal revocó hoy esa decisión y urgió la realización el juicio oral.

El tribunal, con las firmas de los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, consideró que la hipótesis delictiva que debe tomarse en cuenta para analizar si el expediente está prescripto no es el de “amenazas” (que tiene dos años de pena máxima) sino “amenazas coactivas” (reprimido con hasta cuatro años de cárcel).

Junto con Milagro Sala irán a juicio otros dos militantes de la Tupac Amaru, María Graciela López y Ramón Gustavo Salvatierra.

La prescripción dispuesta por el tribunal jujeño fue apelada por los fiscales Domingo José Batule y Federico Aníbal Zurueta y por el propio querellante, el gobernador jujeño Gerardo Rubén Morales.

La Casación descartó que, pese a que los hechos por los que está imputada Milagro Sala ocurrieron en 2009, se haya violado la garantía a ser juzgado en un “plazo razonable”.

"La defensa no ha podido demostrar que el tiempo transcurrido desde que se iniciaron las presentes actuaciones haya conllevado una demora tal que constituyó un retardo injustificado en la administración de justicia, ni que se hayan afectado los derechos de defensa en juicio y debido proceso de Milagro Sala”, argumentó.

En octubre de 2009, seguidores de Sala realizaron un “escrache” contra Morales y el entonces titular de la Auditoría General de la Nación (AGN), Leandro Despouy, cuando participaban de una conferencia en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy, sobre el uso de los fondos que manejaban las organizaciones sociales.

“El examen del caso revela que la calificación más gravosa (amenazas coactivas), postulada por la querellante, encuentra razonable sustento en la base fáctica constitutiva del objeto de imputación en autos, sin que ello implique emitir un juicio de valor sobre el fondo de la cuestión analizada”, sostiene el fallo. (DYN)

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