La Justicia dará el martes los fundamentos de la condena a una tucumana por la muerte de su bebé

La Justicia dará el martes los fundamentos de la condena a una tucumana por la muerte de su bebé

Los magistrados consideran que se trató de un homicidio, pero la defensa argumenta que fue un aborto espontáneo.

HOSPITAL AVELLANEDA. En este hospital ocurrieron los hechos que desencadenaron la condena a Belén. FOTO TOMADA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA HOSPITAL AVELLANEDA. En este hospital ocurrieron los hechos que desencadenaron la condena a Belén. FOTO TOMADA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA
29 Abril 2016
Los integrantes de la Sala III de la Cámara Penal de Tucumán (Dante Ibáñez, Néstor Macoritto y Fabián Fradejas) darán lectura el martes a los fundamentos del fallo del caso de una joven tucumana condenada a cumplir una pena de ocho años de prisión por la muerte de su bebé en el baño del hospital Avellaneda, en 2014. En su defensa, Belén (su nombre real se mantiene bajo reserva por razones legales) aseguró que en realidad había tenido un aborto espontáneo cuando fue a hacerse atender por fuertes dolores estomacales sin saber que estaba embarazada.
Este caso trajo mucha polémica en los úlyimos día, tanto a nivel local como nacional donde ayer, por ejemplo, la Casa de Tucumán, en Buenos Aires, fue el lugar donde distintas organizaciones que defienden los derechos de las mujeres marcharon para protestar por el encarcelamiento de Belén. Y a través de la etiqueta #LibertadParaBelen y #AbortoLegal en Argentina, el reclamo también se hizo escuchar en la red social Twitter. 
Los jueces consideraron que en la investigación quedó comprobado que la mujer tuvo a su bebé en el baño del hospital Avellaneda, lo mató y trató de deshacerse de la criatura arrojándola al inodoro tras cortar el cordón umbilical. Según consideraron los magistrados, la joven actuó en un estado de shock que le impidió tomar conciencia plena de los hechos.
Sin embargo, Soledad Deza, abogada de la joven y quien tomó el caso recientemente, dijo que "según la historia clínica, Belén entró con un aborto espontáneo de aproximadamente 20-22 semanas". 
De acuerdo a la letrada, los médicos que la atendieron primero reconocieron que tenía un aborto espontáneo. "Varias horas después de que ella entró, hallaron un feto en un baño y se lo adjudicaron, sin ningún ADN. Se le hicieron pericias, sus médicos violaron el secreto médico, fueron a buscar al feto, la policía ingresó a la sala de ginecología, preguntó si había alguna abortante, les dijeron que sí y les dieron el nombre de Belén -explicó Deza-. La vincularon con un feto de 32 semanas del cual no hay ninguna prueba que lo vincule a Belén. Es más, hay contradicciones entre la edad gestacional de ese feto y del aborto que pusieron los médicos en la historia clínica". 
Ella -repite- desconocía su embarazo. Recuerda que fue sometida a un interrogatorio por una enfermera del área de Ginecología del Hospital Avellaneda. "Me preguntó si me puse algo porque no era normal el sangrado", declaró ante los jueces. El médico, según Deza, le notificó que el diagnóstico era "aborto espontáneo", le recetó analgésicos para paliar las contracciones y decidió que quedara internada por cinco días. 
Sin embargo, la Justicia dice otra cosa. Según manifestó la mujer, dijo que le dolía mucho el estómago y pidió que la dejen ir al baño, de donde regresó con una importante hemorragia en sus genitales, por lo que fue derivada al Servicio de Ginecología. Tras atender a Belén, el médico José Daniel Martín le ordenó a la partera Marta Monje, que junto con la agente Marcela Sueldo revisen el baño, donde encontraron un bebé, cuyos restos estaban atorados en el sifón del inodoro.
La mujer habría tratado de hacer desaparecer a la criatura por las cañerías, empujándola con una sopapa que encontraron en el baño. En el juicio, el tribunal advirtió que, de acuerdo al resultado de la autopsia, el bebé sobrevivió al parto. Es por eso que el próximo martes se dará lectura a los fundamentos del fallo.

Los integrantes de la Sala III de la Cámara Penal de Tucumán (Dante Ibáñez, Néstor Macoritto y Fabián Fradejas) darán lectura el martes a los fundamentos del fallo del caso de una joven tucumana condenada a cumplir una pena de ocho años de prisión por la muerte de su bebé en el baño del hospital Avellaneda, en 2014. En su defensa, Belén (su nombre real se mantiene bajo reserva por razones legales) aseguró que en realidad había tenido un aborto espontáneo cuando fue a hacerse atender por fuertes dolores estomacales sin saber que estaba embarazada.

Este caso trajo mucha polémica en los últimos días, tanto a nivel local como nacional, donde ayer, por ejemplo, la Casa de Tucumán, en Buenos Aires, fue el lugar donde distintas organizaciones que defienden los derechos de las mujeres marcharon para protestar por el encarcelamiento de Belén. Y a través de la etiqueta #LibertadParaBelen y #AbortoLegal en Argentina, el reclamo también se hizo escuchar en la red social Twitter. 

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Sobre la condena, los jueces consideraron que en la investigación quedó comprobado que la mujer tuvo a su bebé en el baño del hospital Avellaneda, lo mató y trató de deshacerse de la criatura arrojándola al inodoro tras cortar el cordón umbilical. Según consideraron los magistrados, la joven actuó en un estado de shock que le impidió tomar conciencia plena de los hechos.

Defensa

Soledad Deza, abogada de la joven y quien tomó el caso recientemente, dijo que "según la historia clínica, Belén entró con un aborto espontáneo de aproximadamente 20-22 semanas". 

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De acuerdo a la letrada, los médicos que la atendieron primero reconocieron que tenía un aborto espontáneo. "Varias horas después de que ella entró, hallaron un feto en un baño y se lo adjudicaron, sin ningún ADN. Se le hicieron pericias, sus médicos violaron el secreto médico, fueron a buscar al feto, la policía ingresó a la sala de ginecología, preguntó si había alguna abortante, les dijeron que sí y les dieron el nombre de Belén -explicó Deza-.

A Belén, según su abogada, la vincularon con un feto de 32 semanas del cual no hay ninguna prueba. "Es más, hay contradicciones entre la edad gestacional de ese feto y del aborto que pusieron los médicos en la historia clínica", asegura Deza. 

Ella -repite- desconocía su embarazo. Recuerda que fue sometida a un interrogatorio por una enfermera del área de Ginecología del Hospital Avellaneda. "Me preguntó si me puse algo porque no era normal el sangrado", declaró ante los jueces. El médico, según Deza, le notificó que el diagnóstico era "aborto espontáneo", le recetó analgésicos para paliar las contracciones y decidió que quedara internada por cinco días. 

Días después, Belén salió presa del Hospital Avellaneda, y hace nueve días la condenaron a ocho años de cárcel por "homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía". 

Qué sostiene la Justicia

Sin embargo, la Justicia dice otra cosa. La mujer se internó en el hospital en marzo de 2014 para que la atiendan por malestares en la región abdominal. Allí dijo que le dolía mucho el estómago y pidió que la dejen ir al baño, de donde regresó con una importante hemorragia en sus genitales, por lo que fue derivada al Servicio de Ginecología. Tras atender a Belén, el médico José Daniel Martín le ordenó a la partera Marta Monje, que junto con la agente Marcela Sueldo revisen el baño, donde encontraron un bebé, cuyos restos estaban atorados en el sifón del inodoro.

La mujer habría tratado de hacer desaparecer a la criatura por las cañerías, empujándola con una sopapa que encontraron en el baño. En el juicio, el tribunal advirtió que, de acuerdo al resultado de la autopsia, el bebé sobrevivió al parto. Es por eso que el próximo martes se dará lectura a los fundamentos del fallo.

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