"La problemática del aborto es un tema de alcance penal"

"La problemática del aborto es un tema de alcance penal"

Lorenzetti afirmó que el proyecto normativo se ocupa sólo de la persona que nace. "Tratamos los efectos de la implantación de embriones: cuando la persona nace. Los no implantados no son personas", aseveró el juez

ECONOMÍA. Lorenzetti dijo que no impulsan la pesificación de contratos.
ECONOMÍA. Lorenzetti dijo que no impulsan la pesificación de contratos.
15 Agosto 2012
BUENOS AIRES.- El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, y la vice, Elena Highton de Nolasco, inauguraron ayer en la comisión bicameral el debate sobre la reforma de los Códigos Civil y Comercial, que consideraron pensada más allá de la coyuntura política, con una visión latinoamericana, porque era una "deuda de la democracia". Lorenzetti dijo que la reforma tiene una "visión latinoamericana y una visión propia" que se aleja del paradigma europeo que se importó en el siglo XIX, para "avanzar en una codificación que nos ponga a la altura de nuestros días". También se escuchó la exposición de la jurista y ex miembro de la máximo tribunal de Mendoza, Aída Kemelmajer de Carlucci.
La audiencia, realizada en el Salón Azul del Senado, fue abierta por el vicepresidente, Amado Boudou, quien sostuvo que "la aprobación de esta nueva pieza de ordenamiento jurídico va a ser fundamental para seguir avanzando en el país en términos de la calidad de vida de todos los argentinos y argentinas".
Lorenzetti subrayó que en el nuevo Código Civil y Comercial no se incluyó la problemática del aborto porque eso pertenece "a la materia penal" y que la nueva  normativa sólo se ocupa de "los derechos de la persona que nace". En este sentido, se refirió a la fertilización asistida y la polémica en torno a los embriones no implantados: "Hemos definido aquí que lo que hay que tratar es los efectos de la implantación de embriones, es decir, cuando la persona nace. Los no implantados no son personas". 
Por su parte, Kemelmajer de Carlucci afirmó que "si se sostiene que el embrión es persona aún cuando no es implantado, se está errando a la ciencia", porque "no se pueden implantar siete embriones a una mujer, porque no lo soportaría; se acusaría al médico de mala praxis". Asimismo, indicó que en la reforma propuesta "está contemplado el matrimonio y la unión convivencial, la filiación natural y otro tipo de filiación, y una serie de instrumentos que solucionan problemas, pero no hay la imposición de uno".

Pesos y dólares

Durante su alocución, Lorenzetti se refirió a las dudas planteadas por la oposición en cuanto a los artículos 765 y 766, que establecen que las deudas privadas pactadas en moneda extranjera pueden ser abonadas en pesos, a diferencia del artículo 1.390 que señala que los depósitos bancarios deben ser devueltos en la moneda que se depositó. El magistrado aclaró que "esto no tiene nada que ver con una pesificación", y explicó que se establece que "si uno hace un contrato lo puede pactar en moneda extranjera, pero el deudor está permitido de liberarse de esa deuda en el equivalente de moneda nacional".
"En cuanto al régimen bancario, que obliga a devolver en la moneda original el depósito, no es incompatible con los otros dos artículos", señaló el juez.
Entre las mejoras incorporadas al Código, mencionó el hecho de que se haya logrado "una constitucionalización del derecho privado". "Hay un cambio en favor de la libertad de las personas, se establecen normas protectoras del ciudadano y se introduce, por ejemplo, la figura del consumidor en el código, con toda una categoría de derechos importantes", acotó. (NA-DyN-Télam)


Tamaño texto
Comentarios
Comentarios