Despenalizan el delito de calumnias e injurias

Despenalizan el delito de calumnias e injurias

La ley sancionada establece que no podrán castigarse las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. La iniciativa del Poder Ejecutivo fue acompañada por el voto unánime de los senadores. No habrá más prisión, y sólo se aplicarán multas de entre $ 1.500 y $ 20.000

LA VOZ OFICIAL. El ministro de Seguridad, Julio Alak, consideró que la norma fortalece la libertad de expresión. TELAM LA VOZ OFICIAL. El ministro de Seguridad, Julio Alak, consideró que la norma fortalece la libertad de expresión. TELAM
20 Noviembre 2009
BUENOS AIRES.- La Cámara de Senadores convirtió en ley por unanimidad la eliminación de la figura penal de calumnias e injurias en la actividad periodística, enviada por el Poder Ejecutivo al Congreso nacional. La norma introduce la "doctrina de la real malicia" para juzgar a los involucrados. En el caso de comprobarse que los imputados actuaron con "real malicia", la Justicia podría imponerles multas pecuniarias.
La iniciativa ya contaba con la media sanción de la Cámara de Diputados (el 28 de octubre pasado, con 154 votos afirmativos contra 12 negativos).
En un debate que apenas duró algunos pocos minutos, todos los senadores nacionales se manifestaron a favor de la adecuación a "los parámetros internacionales y constitucionales en términos de libertad de expresión".
En total fueron 52 legisladores los que dieron su voto para despenalizar las calumnias e injurias y los presidentes de los bloques manifestaron su acompañamiento a la iniciativa de la Casa Rosada, modificada en algunos puntos por Diputados, prácticamente sin debates.  La norma cambia varios artículos del Código Penal relacionados con las calumnias e injurias que decía: "La calumnia o falsa imputación de un delito que dé lugar a la acción pública, será reprimida con prisión de uno a tres años".
El proyecto señalaba que "en ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas" y su sanción es estrictamente económica.
En tanto, el artículo 110 que decía "el que deshonrare a desacreditare a otro, será reprimido con multa de $ 1.500 a $ 90.000 o prisión de un mes a un año", ahora dirá que "será reprimido con una multa de $ 1.500 a $ 20.000".
"En ningún caso configurarán delito de injurias las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos, del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público", señala la flamante norma.
Según la nueva ley, el acusado de calumnia o injuria no tendrá pena si decide retractarse públicamente, aunque esta retractación no se tomará para el acusado como la aceptación de su culpabilidad.
En 2000, el periodista Eduardo Kimel fue condenado a un año de prisión y sanciones patrimoniales, por criticar la actuación del juez Guillermo Rivarola en la investigación de la Masacre de San Patricio, en 1976.
El periodista investigó el asesinato de tres sacerdotes y dos seminaristas "palotinos", ocurrido en julio de ese año, en la última dictadura militar, en una iglesia del barrio porteño de Belgrano.
Sin embargo, en 2008, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), le exigió al Estado argentino dejar sin efecto la condena, indemnizarlo, reconocer su responsabilidad en un acto público.
La despenalización de los delitos de calumnias e injurias buscó dar repuesta a una resolución de la CIDH, que instó a la Argentina a adecuar "el derecho interno" para garantizar la "seguridad pública" y la "libertad de expresión".
El ministro de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, elogió la despenalización del delito de "calumnias e injurias", en declaraciones referidas a asuntos de "interés público", porque considera que "fortalece la libertad de expresión". Calificó además de "profundamente progresista" a la iniciativa oficial sancionada en la Cámara Alta, y estimó que "ajusta la legislación nacional al derecho internacional vigente". (DyN-NA)

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