Capitán Cáceres habría sido construido sobre tierras obtenidas mediante el uso de la coerción

Capitán Cáceres habría sido construido sobre tierras obtenidas mediante el uso de la coerción

Bejas ordenó el procesamiento de Bussi por violación de domicilio, secuestro y extorsión contra quien habría sido propietaria de los terrenos. Según los fundamentos de la sentencia del juez federal, se habría obtenido la donación del paraje con amenazas, a más de un año de iniciada la edificación de la localidad.

CERCA DE LOS CERROS, EN MEDIO DE UNA POLEMICA. Por estos días, el pueblo del piedemonte cumple 33 años. LA GACETA/ARCHIVO CERCA DE LOS CERROS, EN MEDIO DE UNA POLEMICA. Por estos días, el pueblo del piedemonte cumple 33 años. LA GACETA/ARCHIVO
05 Septiembre 2009
En el marco de la causa que investiga la apropiación ilegal de terrenos durante el gobierno militar, el juez federal subrogante Nº 1, Daniel Bejas, ordenó el procesamiento, con prisión preventiva, de Antonio Domingo Bussi. Según la sentencia, el militar retirado habría incurrido en violación de domicilio y secuestro coactivo de Jorge Ricardo Ygel (hoy fallecido) y de Julia Rita Ariza, y también habría extorsionado a esta última. Así,según Bejas, Bussi habría obtenido la donación de las tierras donde se construyó el pueblo Capitán Héctor Cáceres de manera coercitiva.
En el texto de la sentencia, el magistrado advirtió que la Ley 4.530, promulgada por el gobierno militar el 16 de agosto de 1976, creaba un "Organismo ad-hoc de Reubicación Rural". La norma lo colocaba en dependencia directa del gobernador (por entonces, Bussi), para que este se haga cargo del estudio, del proyecto y de la ejecución de las obras necesarias para el reordenamiento y para la construcción de las localidades de Caspichango, Los Sosa, Yacuchina y Colonia. Junto con Capitán Cáceres, en estos parajes se edificaron, por esta ley, las localidades Teniente Rodolfo Hernán Berdina, Sargento Miguel Arturo Moya y Soldado Ismael Maldonado.
Además de ordenar el procesamiento de Bussi, Bejas declaró que los hechos investigados son delitos de lesa humanidad -por lo que su persecución es imprescriptible- y trabó embargo en los bienes del ex mandatario por $ 1 millón.

La causa
Según la denuncia que da origen a la causa, efectuada el 17 de mayo de 2005 ante la Fiscalía general N 1 por María Elena Toledo (hija de Ariza y viuda de Ygel), a mediados de los 70 la familia de Ariza tomó conocimiento, por medio de allegados, de que militares a cargo de Bussi estaban construyendo un pueblo en sus terrenos.
Tiempo después, Ariza e Ygel comenzaron a recibir citaciones para que concurran a la Casa de Gobierno. Ante los rumores de los lugareños de que serían obligados a donar esas tierras, optaron, según la denuncia, por no presentarse. En su declaración, Toledo añadió que una tarde de noviembre o de diciembre, un grupo de soldados irrumpió en forma violenta en su domicilio de Tafí Viejo y se llevó a su esposo, que habría sido interrogado sobre las tierras y amenazado. Según agregó Toledo, ella, con posterioridad, fue despedida sin causa de Agua y Energía y su madre fue llevada por la fuerza a Casa de Gobierno para, "mediante aprietes", ser obligada a rubricar la donación. "Los secuestradores le advirtieron con armas de fuego que si no firmaba corría peligro su vida y la de su familia", citó Bejas en la sentencia.
Finalmente, Ariza donó 25 hectáreas y de 2.000 m2 de terreno. La aceptación se publicó en los decretos 7.317/14 y 7.318/14, del 6 de diciembre de 1977. "La transferencia por donación se habría realizado de manera irregular ya que habrían existido vicios en la voluntad de Ariza al realizar el acto. Se encontraría demostrado en autos el accionar ilegal de las autoridades provinciales de facto, quienes para lograr el cometido de la Ley 4.530 dieron comienzo a la construcción de Capitán Cáceres en setiembre de 1976, cuando los terrenos pertenecían a la familia Ariza", señaló Bejas. Por estos días, el pueblo está cumpliendo 33 años.
Según consta en la sentencia, cuando Bejas tomó declaración a Bussi por esta causa, el ex gobernador afirmó que no comprendía los hechos que se le estaban imputando y los calificó de "un disparate, una ficción". Sin embargo, reconoció que estuvo como comandante en la llamada "Zona de Operaciones".

Fundamentos
El magistrado fundamentó su sentencia sobre la diferencia temporal entre el inicio de la construcción del pueblo y la firma de la donación. "La urbanización se inició alrededor de setiembre de 1976, sin embargo, y en lo que respecta a la localidad de Yacuchina, los terrenos pertenecían a Ariza. En ese contexto de desmesura es probable que, al tomar conocimiento Bussi que los terrenos donde se había asentado Capitán Cáceres eran propiedad privada -y a más de un año del inicio de la construcción- habría utilizado el poder del Estado para secuestrar y amenazar a miembros de la familia de la titular de las tierras, con el fin de obtener la donación", aseveró.
Por otro lado, Bejas destacó la inexistencia de la utilización de la herramienta legal de la expropiación, con el eventual pago de una indemnización a la familia Ariza. "Puede advertirse la irregularidad del procedimiento y el abuso de poder ejercido por (Bussi) para obtener la propiedad toda vez que, en caso de considerarlo necesario, nada hubiera obstado a que se inicie un proceso expropiatorio sobre la heredad rural de Ariza, conforme a derecho, y con el correspondiente resarcimiento indemnizatorio para la eventual expropiada. Nada de eso ocurrió", puntualizó.

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