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Jueves, 13 de Agosto de 2009
DICTADURA - CRIMENES DE LESA HUMANIDAD

Condenan a perpetua al represor Riveros

Fue acusado por el crimen del estudiante Floreal Avellaneda. Lo hicieron responsable del secuestro de Iris Pereyra, madre del joven. La mujer sobrevivió a la cárcel y a los tormentos.
Riveros reivindicó la ley de Obediencia Debida y  dijo que se consideraba
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BUENOS AIRES.- El ex jefe del Comando de Institutos Militares, Santiago Riveros, fue condenado a prisión perpetua por el crimen del adolescente comunista Floreal Avellaneda y el secuestro de la madre del chico, Iris Pereyra de Avellaneda, perpetrado durante la última dictadura militar en el área de Campo de Mayo. La medida fue dispuesta por el Tribunal Oral Federal 1 (TOF 1) de San Martín, que además dispuso su inhabilitación perpetua.
En tanto, condenó a 25 años de cárcel a Fernando Verplaetsen, ex jefe de inteligencia del Comando de Institutos Militares y ex jefe de la Policía Bonaerense; a 18 años de prisión a Osvaldo García, ex titular de la Escuela de Infantería de Campo de Mayo. El fallo determinó, además, la condena a ocho años de prisión a otros dos oficiales que actuaron en el centro de detención clandestino conocido como "El Campito", César Fragni y Raúl Harsich. En tanto, al ex policía bonaerense Alberto Aneto se le aplicó una pena de 14 años por el secuestro y la aplicación de tormentos.
El tribunal, presidido por la jueza Lucila Larrandart e integrado por los magistrados Marta Milloc y Héctor Sagretti, consideró los delitos como crímenes de lesa humanidad.
Los magistrados dieron por probado que tanto Floreal como su madre fueron llevados por un grupo de tareas a la comisaría de Villa Martelli y luego trasladados al centro clandestino de detención que funcionó en Campo de Mayo, conocido como "El Campito".
Aneto fue acusado por Iris Pereyra, que sobrevivió tras permanecer detenida en condiciones infrahumanas, de haber sido el oficial de la comisaría de Villa Martelli quien encabezó el operativo en su domicilio. Luego de escuchar los alegatos de los imputados, el TOF 1 rechazó los argumentos en contra de la derogación y posterior nulidad de las leyes llamadas de Obediencia Debida y Punto Final, al reivindicar el rango constitucional de las normas que proclaman la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad. (DyN-NA)


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