El Indec advirtió que de acuerdo a la Ley 17.622 aquellas personas que no respondan o mientan sobre los datos brindados, deberán pagar una sanción económica. El valor de la multa se actualizará de manera semestral y puede alcanzar los $ 100.000.

Desde que se habilitó el formulario digital, el Censo 2022 ya registró alrededor del 30% de las viviendas del país. Por primera vez se puede realizar desde la web o de forma presencial.

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El avance tecnológico permitió que sea la primera vez que el censo se pueda hacer online, lo que está habilitado desde el pasado 16 de marzo hasta mañana, a las 8, inclusive. 

Omisión maliciosa

De acuerdo a la Ley 17.622 de 1968, se aplicará un castigo o pena económica sobre aquellas personas que “no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos”.

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No dar los datos o dar información falsa tiene como sanción el pago de una multa cuyos valores mínimos y máximos el Indec actualiza semestralmente. La última actualización de los montos, publicada el 22 de febrero de este año en el Boletín Oficial.

El formulario

En esa resolución, se estipula una multa mínima de $ 1.076,36 para los que no respondan o mientan en el censo, mientras que la penalidad máxima puede tocar los $ 106.799,35, según lo dispuesto por el organismo en la Resolución 25/2022.

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A su vez, el organismo estatal recuerda que es obligatorio responder a la totalidad de las 61 preguntas que integran el formulario del Censo 2022, según lo estipula el artículo 17 del Decreto 726/2020. Para aquellos que suministren la información de manera incompleta, les cabrá una multa dentro de los rangos comprendidos por la última resolución del organismo.