El Gobierno nacional dispuso nuevas medidas de control por la pandemia de coronavirus, entre las que se destacan nuevos requisitos para las empresas operadoras internacionales de transporte de pasajeros y para aquellos que ingresen al país desde el exterior.

Desde ahora serán las "operadoras", es decir, las empresas de transporte de pasajeros las que "sin excepción" deberán "comprobar" que el pasajero haya cumplido con todos los requisitos sanitarios antes del embarque.

En ese sentido, deberán controlar, en cada caso, la declaración jurada de migraciones, la prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o certificado de alta médica emitido dentro de los últimos 90 días previos al inicio del viaje y PCR positivo que acredite que sufrió la enfermedad en ese lapso correspondiéndole dicha alta médica.

También se deberá verificar que el pasajero acredite haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país o de su exención y el seguro de salud Covid-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

Una vez en el territorio nacional -se aclara en la Decisión Administrativa publicada en el Boletín Oficial- las personas deberán portar, durante 14 días posteriores la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios.

En lo que respecta a los cruceros se anuncia que, en caso de presentarse un brote se secuenciará la muestra del test PCR y se dispondrá la cuarentena de todo el buque para descartar que se trate de la cepa Ómicrón de coronavirus.