Faltan 212 días para que, en teoría, debute el Código Procesal Penal sancionado en 2016. Pero pasa el tiempo y aumentan las dudas sobre la posibilidad de cumplir la meta que puso la Legislatura en abril, luego de que fracasaran la primera prórroga del digesto y la fecha original de entrada en vigor prevista para septiembre de 2017. Daniel Posse, presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, fue categórico al insistir que el sistema no podrá ser implementado mientras no exista el ministro público de la Defensa que debe nombrar el Gobierno. “Sin esta figura no habrá nuevo proceso penal”, opinó el martes en una conversación en su despacho.

Posse recordó que había que armar de cero la Defensa pública, que debería funcionar como el mayor estudio jurídico de Tucumán. “Intentaré planteárselo al gobernador Juan Manzur en una audiencia”, añadió. En paralelo y sin el jefe de los defensores, comenzará a sesionar la comisión especial para la remodelación de la Justicia penal creada en 2016. Antonio Gandur y Antonio Estofán, vocales de la Corte, fijaron la reunión inaugural para el 12 de julio a las 10 en el Palacio de Justicia. Ayer habían empezado a salir las invitaciones hacia los funcionarios, legisladores y abogados que integran el comité (ver “Represenantes titulares”).

La advertencia sobre la acefalía y virtual inexistencia de la Defensa como órgano autónomo es una reiteración de la que ya había hecho Posse al Poder Ejecutivo en mayo. Antes, la Corte había llamado la atención sobre los déficits del Ministerio Público de la Defensa, órgano que debe balancear y controlar las potestades de acusación del Ministerio Público Fiscal que encabeza Edmundo Jiménez. Ello consta en la acordada de abril que declara que la reforma es de aplicación imposible con la estructura actual. El 1 de junio pasado, el Colegio de Abogados de la Capital sumó su voz y pidió al gobernador que cubra el cargo.

El nombramiento del primer jefe de los defensores del Estado aguarda desde el 21 de febrero de 2017: ese día, Manzur promulgó la ley que dividió al Ministerio Público en un órgano para acusar y otro para defender, y emancipó a los institutos resultantes de los controles que ejercía la Corte sobre el personal y el presupuesto por mandato constitucional. Esta ley fue impulsada alegando la organización requerida por el proceso penal remodelado, que elimina el expediente e introduce la oralidad en la etapa de investigación previa al juicio. En los hechos no hubo cambios puesto que Jiménez siguió a cargo de la defensorías oficiales mientras creaba y ponía en marcha las estructuras administrativas propias del Ministerio Público Fiscal.

Así como los fiscales representan o deberían representar el interés de la sociedad en que los autores de hechos ilícitos sean condenados, los defensores han de bregar para que el sistema procesal penal funcione con sujeción a las garantías constitucionales. En términos jerárquicos y salariales, el ministro de la Defensa está asimilado a un vocal de la Corte. La ley de hecho dispone que el nombramiento de ese funcionario procede por el mismo mecanismo discrecional aplicado para escoger a las máximas autoridades judiciales -es decir, sin concurso-. El abogado designado debe recibir el acuerdo de la Legislatura. Según distintas fuentes, entre los candidatos al cargo estarían el fiscal de Instrucción en lo Penal N°5 de esta capital, Washington Navarro Dávila, y Luis Acosta, relator de Posse y ex funcionario del Gobierno de Julio Miranda.

- La comisión especial de implementación del Código Procesal Penal sancionado en 2016 se reunirá por primera vez el 12 julio a las 10 en el Palacio de Justicia.