Bridget Francis convivió durante casi dos años con el humo de marihuana que, según denunció, llegaba desde el departamento vecino en un complejo residencial de Georgia, Estados Unidos. Pese a que las normas del edificio prohibían fumar, sus reclamos no tuvieron la respuesta que esperaba y decidió recurrir a la Justicia. Pero el resultado fue adverso: el tribunal confirmó que el organismo al que había demandado estaba protegido por inmunidad soberana.

El conflicto comenzó en octubre de 2022 en Lakeside Vista Apartments, donde Francis no solo vivía, sino que también trabajaba como consultora de arrendamiento. De acuerdo con su presentación judicial, un nuevo inquilino del departamento contiguo fumaba cannabis de manera frecuente y el humo se filtraba hacia su vivienda, lo que le provocaba dificultades para respirar.

La mujer sostuvo que la administración del complejo no respondió adecuadamente a sus quejas por el comportamiento del vecino. También afirmó que había solicitado que se resolvieran otros problemas en la propiedad, entre ellos la presencia de moho y la necesidad de adaptaciones razonables.

La demanda que presentó tras meses de reclamos

En julio de 2024, después de intentar resolver la situación sin éxito, Francis presentó una demanda por presunta negligencia, angustia emocional, daños a la propiedad y rescisión del contrato de alquiler.

Entre los demandados incluyó al Sistema de Retiro de Maestros del Estado de California, conocido como CalSTRS. La mujer argumentó que el fondo tenía una participación mayoritaria en Fairfield Residential, una empresa vinculada al complejo, y que intervenía en sus actividades comerciales.

Sin embargo, la Justicia debía determinar si esa relación empresarial era suficiente para atribuirle responsabilidad por los hechos denunciados.

Por qué la Justicia rechazó el reclamo

El Tribunal de Apelaciones de Georgia confirmó la desestimación de la demanda contra CalSTRS. Según los jueces, Francis no logró demostrar que el organismo público hubiera intervenido directamente en el contrato de alquiler ni en la gestión cotidiana del edificio.

El fallo señaló que el fondo no había firmado el contrato, negociado sus condiciones ni participado en los intercambios de correos electrónicos con la administración del complejo. Por ese motivo, el tribunal concluyó que no correspondía responsabilizarlo por las situaciones denunciadas.

Además, los magistrados consideraron que CalSTRS conservaba la protección de la inmunidad soberana, una figura jurídica que limita la posibilidad de demandar a determinados organismos públicos sin que se cumplan las condiciones legales para hacerlo.

El detalle del fallo que dejó abierta una posibilidad

La resolución, fechada el 19 de octubre, confirmó el rechazo del reclamo contra el fondo californiano, aunque introdujo una modificación técnica respecto de la decisión anterior.

Los jueces ordenaron que la desestimación quedara registrada “sin perjuicio”, una fórmula legal que permite que el reclamo pueda volver a presentarse en la jurisdicción correspondiente, si se cumplen los requisitos necesarios.