Un adolescente de 14 años que intentó robar una moto en Tafí Viejo se transformó en el primer investigado por el Régimen Penal Juvenil en la provincia. El caso puede ser considerado un ejemplo de lo que comenzará a suceder con la aplicación de la norma. También abrirá un debate postergado entre los operadores judiciales.

El hecho se registró el lunes en Lomas de Tafí. Ese día, el acusado, junto a otras tres personas -se presume que también son menores de edad-, ingresó a una casa de ese barrio que no tenía ninguna medida de protección en el frente. Entre los cuatro comenzaron a empujar la moto que habían dejado estacionada en el lugar.

La víctima descubrió lo que estaban haciendo y les gritó, lo que provocó que los adolescentes huyeran del lugar. Uno de ellos fue detenido y, supuestamente, golpeado por los vecinos de la zona. La Policía llegó poco después y lo aprehendió.

El fiscal Carlos Saltor dispuso que el adolescente fuera llevado al Centro de Admisión y Derivación, donde se constató que tenía 14 años -dijo no tener DNI ni recordar su número- y se recomendó que fuera trasladado a un centro asistencial para recibir asistencia médica.

EL LUGAR. El adolescente de 14 años intentó robar una moto en Lomas de Tafí.

Las pequeñas grandes diferencias

El sábado entró en vigencia en casi todo el país -salvo en Buenos Aires, donde una jueza, mediante una medida cautelar, prorrogó su aplicación por 60 días- el nuevo Régimen Penal Juvenil. Con esta nueva norma se produjeron los siguientes cambios procesales:

1- El menor fue acusado del delito de tentativa de hurto porque se redujo de 16 a 14 años la edad de imputabilidad. Antes, el adolescente era entregado al cuidado de sus padres y, si era necesario, se le imponían reglas de conducta.

2- Quedó bajo investigación pese a que se trata de un ilícito que contempla una pena de entre un mes y seis meses. Con la norma anterior, sólo podía abrirse un expediente cuando los delitos contemplaban una condena de más de dos años.

3- El fiscal Saltor ordenó a la Policía que iniciara una investigación sobre el hecho y la participación del adolescente. Expresamente solicitó que buscaran evidencias -registros de cámaras de seguridad y testimonios- para formar el expediente. Antes, un representante del Ministerio Público no podía realizar esta tarea porque no se iniciaba una causa penal contra el adolescente.

4- Una vez que tenga las pruebas en su poder, deberá definirse si se realiza una audiencia para formular los cargos o si se busca una salida alternativa. Al no tener antecedentes, el acusado podría acceder a una probation. También conocida como suspensión del juicio a prueba, es una herramienta del sistema penal que permite suspender el proceso a cambio de cumplir ciertas reglas de conducta. Si la persona acusada cumple con lo acordado durante un tiempo determinado, la causa se cierra sin que se dicte una condena ni le queden antecedentes penales.

5- El representante del Ministerio Público deberá consultarle a la víctima qué es lo que desea hacer, si comparte la idea de que el caso se cierre a través de una salida alternativa y si pretende algún tipo de reparación por el daño sufrido.

6- El menor no terminará preso y seguirá el proceso en libertad. Al tratarse de un delito leve -contempla una pena menor a tres años-, un juez de Niños, Niñas y Adolescentes podrá imponerle reglas de conducta. Entre otras medidas, podrá prohibirle acercarse a la víctima o asistir a fiestas, bailes y recitales, además de ordenarle realizar tareas comunitarias y reparar el daño causado. Las disposiciones deberán ser comunicadas al adolescente cara a cara y con sus padres o tutores presentes.

Distintas miradas

En Tucumán, la norma comenzó a aplicarse sin mayores sobresaltos. Los tres poderes del Estado mantienen reuniones para analizar todos los detalles que quedan por pulir para que la aplicación del nuevo régimen sea la correcta. Aun así, persisten las dudas.

Uno de los temas más candentes es determinar si es necesaria la creación de una fiscalía y una defensoría especializadas en la materia. Expertos consideran que el sistema sería más práctico y evitaría que las otras oficinas reciban un importante cúmulo de expedientes que podría dificultar su normal desarrollo.

“Es una gran posibilidad que ello ocurra. El Régimen no sólo implica la baja de la edad de imputabilidad, sino que ahora los menores deberán responder por todos los delitos que cometan”, explicó el abogado penalista José María Molina. “En otras palabras, ahora habrá más intervención judicial. La Justicia deberá reorganizar el sistema para casos que requieren mayor celeridad, ya que, al menos en nuestro sistema procesal, los plazos son menores”, añadió en una entrevista con LA GACETA.

“La nueva norma va a someter a procesos penales a más adolescentes, por lo que necesariamente habrá una carga más importante en el trabajo judicial. Si bien contamos con operadores capacitados, el problema es que una reforma de esta magnitud también exige ampliar la estructura para poder absorber una mayor cantidad de casos”, sostuvo Javier Lobo Aragón (h). “Estamos hablando de adolescentes y eso obliga a tener en cuenta cuestiones particulares, como la edad y el entorno familiar que, por supuesto, requieren de todo un seguimiento específico”, agregó.

Para Candelaria Hernández, también abogada penalista, la nueva norma plantea el desafío de evitar que en la provincia la respuesta estatal quede reducida al aspecto punitivo. “Si no se acompaña su implementación con políticas de prevención en las escuelas, en los barrios, con equipos interdisciplinarios, con el fortalecimiento de las familias y oportunidades reales de inclusión, el riesgo es terminar judicializando situaciones mucho más complejas que un hecho delictivo”, opinó. “Las conductas de los adolescentes deberían ser abordadas desde un enfoque de desarrollo integral y no meramente represivo”, señaló.